Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2025-3378)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, de transferencia de soluciones tecnológicas en materia de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23560
de formación de que disponga con el fin de facilitar a la comunidad autónoma el
desarrollo de actividades formativas a usuarios finales.
II. La puesta a disposición de la comunidad autónoma suscribiente del derecho de
acceso y uso de los/as siguientes sistemas/de la/s aplicación/es, incluyendo tratamiento
de datos. Este modelo de prestación implica que los datos, documentos e infraestructura
se alojen en el Centro de Procesamiento de Datos (en adelante, CPD) de la Dirección
General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, desde donde se
proporciona todo el servicio y se garantiza la seguridad y confidencialidad. La aplicación
es única y la propiedad del código corresponde al Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
a) Poner a disposición el servicio de almacenamiento de los ficheros de la
Administración de Justicia de forma que se mejore el rendimiento de las aplicaciones.
b) Participación/Asesoramiento en el/los Grupo/s Técnico/s de Implantación con el
objetivo de prestar su apoyo durante la implantación.
c) Proporcionar la formación a formadores sobre las aplicaciones y/o servicios objeto
de este convenio tanto en su fase inicial como en fases posteriores. También se incluye la
puesta a disposición de los contenidos online de los que disponga el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en su «Aula en línea», para la preparación
por parte de la comunidad autónoma suscribiente de sus propias acciones formativas.
d) Prestar soporte tecnológico a la comunidad autónoma suscribiente tanto en la
fase de implantación, como posteriormente en la fase de estabilización de las
implantaciones. Este soporte se prestará de forma remota desde las instalaciones del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ubicadas en Madrid, sin
perjuicio que de forma puntual y cuando las actuaciones así lo requieran, se realicen los
desplazamientos a la comunidad autónoma suscribiente que se estimen convenientes.
e) La adquisición, implantación y sostenimiento de la infraestructura de base
hardware y software, de los aplicativos instalados en sus dependencias, así como de la
administración de sus entornos.
f) Informar a la comunidad autónoma de cualquier cambio o actualización en los
componentes tecnológicos.
g) Habilitar los procedimientos InterCAU necesarios para facilitar una correcta
atención a los usuarios de los aplicativos y servicios objeto de este convenio. En todo
caso, el Centro de Atención al Usuario (CAU) del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes no atenderá directamente a los usuarios de la comunidad
autónoma suscribiente, sino que estos se remitirán a su CAU, quien determinará si es
necesaria la puesta en conocimiento del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes de algún problema, incidencia o petición.
h) Poner a disposición de la comunidad autónoma suscribiente los datos de
contacto de un interlocutor único al que puedan dirigirse para tratar cualquier tema
técnico u organizativo relacionado con el presente convenio. Dicho interlocutor se
encargará de gestionarlo internamente dentro del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes con el fin de poder resolverlo.
i) Proporcionar los Manuales de Tramitación de Sede que en el momento de la
firma del convenio estén en vigor para que la comunidad autónoma suscribiente pueda
utilizarlos directamente o adaptarlos según sus necesidades.
III. La puesta a disposición de la comunidad autónoma suscribiente del derecho de
acceso y uso de los sistemas/de la/s aplicación/es que se hayan seleccionado por la
comunidad autónoma, sin incluir el tratamiento de los datos. Este modelo de prestación
implica que la comunidad autónoma transferida se compromete a poner la infraestructura
necesaria para garantizar la conexión segura.
a) Participación/Asesoramiento en el/los Grupo/s Técnico/s de Implantación con el
objetivo de prestar su apoyo durante la implantación.
cve: BOE-A-2025-3378
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23560
de formación de que disponga con el fin de facilitar a la comunidad autónoma el
desarrollo de actividades formativas a usuarios finales.
II. La puesta a disposición de la comunidad autónoma suscribiente del derecho de
acceso y uso de los/as siguientes sistemas/de la/s aplicación/es, incluyendo tratamiento
de datos. Este modelo de prestación implica que los datos, documentos e infraestructura
se alojen en el Centro de Procesamiento de Datos (en adelante, CPD) de la Dirección
General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, desde donde se
proporciona todo el servicio y se garantiza la seguridad y confidencialidad. La aplicación
es única y la propiedad del código corresponde al Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
a) Poner a disposición el servicio de almacenamiento de los ficheros de la
Administración de Justicia de forma que se mejore el rendimiento de las aplicaciones.
b) Participación/Asesoramiento en el/los Grupo/s Técnico/s de Implantación con el
objetivo de prestar su apoyo durante la implantación.
c) Proporcionar la formación a formadores sobre las aplicaciones y/o servicios objeto
de este convenio tanto en su fase inicial como en fases posteriores. También se incluye la
puesta a disposición de los contenidos online de los que disponga el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en su «Aula en línea», para la preparación
por parte de la comunidad autónoma suscribiente de sus propias acciones formativas.
d) Prestar soporte tecnológico a la comunidad autónoma suscribiente tanto en la
fase de implantación, como posteriormente en la fase de estabilización de las
implantaciones. Este soporte se prestará de forma remota desde las instalaciones del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ubicadas en Madrid, sin
perjuicio que de forma puntual y cuando las actuaciones así lo requieran, se realicen los
desplazamientos a la comunidad autónoma suscribiente que se estimen convenientes.
e) La adquisición, implantación y sostenimiento de la infraestructura de base
hardware y software, de los aplicativos instalados en sus dependencias, así como de la
administración de sus entornos.
f) Informar a la comunidad autónoma de cualquier cambio o actualización en los
componentes tecnológicos.
g) Habilitar los procedimientos InterCAU necesarios para facilitar una correcta
atención a los usuarios de los aplicativos y servicios objeto de este convenio. En todo
caso, el Centro de Atención al Usuario (CAU) del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes no atenderá directamente a los usuarios de la comunidad
autónoma suscribiente, sino que estos se remitirán a su CAU, quien determinará si es
necesaria la puesta en conocimiento del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes de algún problema, incidencia o petición.
h) Poner a disposición de la comunidad autónoma suscribiente los datos de
contacto de un interlocutor único al que puedan dirigirse para tratar cualquier tema
técnico u organizativo relacionado con el presente convenio. Dicho interlocutor se
encargará de gestionarlo internamente dentro del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes con el fin de poder resolverlo.
i) Proporcionar los Manuales de Tramitación de Sede que en el momento de la
firma del convenio estén en vigor para que la comunidad autónoma suscribiente pueda
utilizarlos directamente o adaptarlos según sus necesidades.
III. La puesta a disposición de la comunidad autónoma suscribiente del derecho de
acceso y uso de los sistemas/de la/s aplicación/es que se hayan seleccionado por la
comunidad autónoma, sin incluir el tratamiento de los datos. Este modelo de prestación
implica que la comunidad autónoma transferida se compromete a poner la infraestructura
necesaria para garantizar la conexión segura.
a) Participación/Asesoramiento en el/los Grupo/s Técnico/s de Implantación con el
objetivo de prestar su apoyo durante la implantación.
cve: BOE-A-2025-3378
Verificable en https://www.boe.es
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