Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-3259)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Ponteareas, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23082

comunidad hereditaria, en la que declara su no constancia de la existencia de supuestos
hijos de la desheredada.»
IV
Notificada la interposición del recurso a don Álvaro Lorenzo-Fariña Domínguez,
notario de Ponteareas, como autorizante del título calificado, con fecha 8 de noviembre
de 2024 alegaba lo siguiente:
«Considero plenamente ajustadas a derecho las argumentaciones de la recurrente
puestas de manifiesto en el recurso gubernativo por lo que, como notario autorizante de
la escritura, no tengo otro criterio que mantener la viabilidad jurídica de la misma para
que se proceda a su inscripción sobre todo a la luz del acta de manifestaciones suscrita
por la recurrente, actuando en interés de toda la comunidad hereditaria, en la que
“declara su no constancia de la existencia de supuestos hijos de la desheredada” en
consonancia con lo dispuesto en la doctrina de la Dirección General.»
V
Mediante escrito, de fecha 14 de noviembre de 2024, la registradora de la Propiedad
emitió informe y elevó el expediente a este Centro Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 658, 806, 814, 848, 849, 850, 851, 853, 857, 885, 1057 y 1058 del
Código Civil; 14, 18, 19 bis y 324 y 326 de la Ley Hipotecaria; 80 del Reglamento
Hipotecario; las Sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 15 de junio
de 1990, 31 de octubre de 1995, 27 de junio de 2018 y 13 de mayo de 2019, y de, Sala
Tercera, 22 de mayo de 2000; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros
y del Notariado de 20 de mayo de 1898, 30 de junio de 1910, 31 de mayo de 1931, 10 de
mayo de 1950, 14 de agosto de 1959, 4 de mayo de 1999, 13 de septiembre y 12 de
noviembre de 2001, 31 de marzo de 2005, 1 de marzo de 2006, 25 de febrero de 2008,
22 de mayo de 2009, 29 de septiembre de 2010, 6 de marzo y 23 de mayo de 2012, 21
de noviembre de 2014, 6 de mayo y 1 de septiembre de 2016, 25 de mayo de 2017, 2 de
agosto y 5 de octubre de 2018 y 6 de marzo, 1 y 3 de octubre de 2019; respecto de la
cuestión formal expresada en el primer fundamento de Derecho, las Resoluciones de 20
de abril y 23 de mayo de 2005, 20 de enero de 2006, 31 de enero de 2007, 11 de febrero
de 2008, 13 de diciembre de 2010, 7 de julio de 2011, 16 de septiembre de 2014, 19 de
enero y 13 de octubre de 2015, 14 y 21 de julio y 12 de diciembre de 2017, 31 de octubre
de 2018 y 30 de enero de 2019, y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública de 19 de febrero y 9 de octubre de 2020; las Resoluciones de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 11 de junio y 5 de noviembre de 2020, 28
de enero y 10 de febrero de 2021, 21 de marzo y 4 de agosto de 2022, 24 de octubre
de 2023 y 15 de enero de 2024, y en cuanto al principio de independencia en la
calificación, las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 13 de marzo y 8 de mayo de 2012, 5 y 11 de marzo y 10 de julio de 2014, 25 de
marzo, 1 de abril, 5 y 16 de junio y 7 y 17 de septiembre de 2015 y 2 de noviembre
de 2016, y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública 4 de junio
de 2020, 10 de febrero, 25 de mayo, 26 de octubre, 22 de noviembre y 16 de diciembre
de 2021, 26 de enero, 14 y 23 de marzo, 11 de abril, 13 de mayo y 20 de julio de 2022,
25 de julio y 13 de octubre de 2023 y 19 de enero y 23 de julio de 2024.

cve: BOE-A-2025-3259
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 43