Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Fundación Pluralismo y Convivencia. Autoridad Independiente de Protección del Informante. Estatutos. (BOE-A-2025-3190)
Real Decreto 102/2025, de 18 de febrero, por el que se modifican los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., aprobados por el Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, y el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., aprobado por el Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 22919
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de los Estatutos de la Fundación Pluralismo y
Convivencia, F.S.P., aprobados por el Real Decreto 45/2021, de 26 de enero.
Los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., aprobados por el
Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, quedan modificados en los siguientes términos:
Uno.
El apartado 1 del artículo 11 queda modificado en los siguientes términos:
«1.
El Patronato estará integrado por los siguientes miembros:
a) Presidencia: la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
b) Vicepresidencia primera: la persona titular de la Subsecretaría de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
c) Vicepresidencia segunda: la persona titular de la Dirección General de
Libertad Religiosa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
d) Son patronas y patronos natos las personas titulares de los siguientes órganos:
e) Patronas y patronos electivos: once vocalías nombradas por el Patronato,
a propuesta de la persona titular de la Presidencia, en atención a su prestigio,
experiencia o contribución a los fines de la Fundación, oídas las confesiones a las
que se refiere el artículo 8 de estos estatutos.
En su designación se garantizará el principio de representación equilibrada
entre mujeres y hombres.»
Dos.
El primer párrafo del artículo 13 queda redactado como sigue:
«Corresponden a la Presidencia del Patronato, además de las funciones
previstas en el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la convocatoria de
subvenciones y su otorgamiento, a propuesta de la Comisión de Subvenciones, en
los términos previstos en el artículo 9.»
cve: BOE-A-2025-3190
Verificable en https://www.boe.es
Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Dirección del Gabinete Técnico de la persona titular del Ministerio de Defensa.
Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior.
Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
Secretaría General Técnica del Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática.
Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura.
Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Dirección General para la Igualdad de Trato y No Discriminación y contra el
Racismo del Ministerio de Igualdad.
Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones.
Dirección General de Casa Árabe.
Dirección General del Centro Sefarad-Israel.
Secretaría General de la Federación Española de Municipios y Provincias.
Núm. 43
Miércoles 19 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 22919
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de los Estatutos de la Fundación Pluralismo y
Convivencia, F.S.P., aprobados por el Real Decreto 45/2021, de 26 de enero.
Los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., aprobados por el
Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, quedan modificados en los siguientes términos:
Uno.
El apartado 1 del artículo 11 queda modificado en los siguientes términos:
«1.
El Patronato estará integrado por los siguientes miembros:
a) Presidencia: la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
b) Vicepresidencia primera: la persona titular de la Subsecretaría de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
c) Vicepresidencia segunda: la persona titular de la Dirección General de
Libertad Religiosa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
d) Son patronas y patronos natos las personas titulares de los siguientes órganos:
e) Patronas y patronos electivos: once vocalías nombradas por el Patronato,
a propuesta de la persona titular de la Presidencia, en atención a su prestigio,
experiencia o contribución a los fines de la Fundación, oídas las confesiones a las
que se refiere el artículo 8 de estos estatutos.
En su designación se garantizará el principio de representación equilibrada
entre mujeres y hombres.»
Dos.
El primer párrafo del artículo 13 queda redactado como sigue:
«Corresponden a la Presidencia del Patronato, además de las funciones
previstas en el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la convocatoria de
subvenciones y su otorgamiento, a propuesta de la Comisión de Subvenciones, en
los términos previstos en el artículo 9.»
cve: BOE-A-2025-3190
Verificable en https://www.boe.es
Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Dirección del Gabinete Técnico de la persona titular del Ministerio de Defensa.
Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior.
Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
Secretaría General Técnica del Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática.
Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura.
Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Dirección General para la Igualdad de Trato y No Discriminación y contra el
Racismo del Ministerio de Igualdad.
Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones.
Dirección General de Casa Árabe.
Dirección General del Centro Sefarad-Israel.
Secretaría General de la Federación Española de Municipios y Provincias.