Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Política de Gobierno del Dato. (BOE-A-2025-3156)
Orden INT/160/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
4.
Sec. III. Pág. 22675
Son objetivos de la PGDatoMIR:
4.1 Establecer las directrices para documentar las decisiones, acciones y
operaciones del Ministerio del Interior con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y
responsable de los datos en el Departamento, así como proteger la integridad y la
cadena de custodia de estos durante todo su ciclo de vida.
4.2 Velar por que la gestión del dato y las nuevas tecnologías que se adopten
faciliten la estrategia organizativa y el uso y explotación de los datos que necesite el
Departamento.
4.3 Asignar responsabilidades y dirigir la preparación e implementación de las
estrategias y políticas de datos que aseguren que estos satisfacen las necesidades del
Departamento.
4.4 Monitorizar, a través de los adecuados sistemas de medición, el uso del dato en
el Departamento.
4.5 Facilitar la interrelación con la ciudadanía y otras administraciones.
4.6 Facilitar la rendición de cuentas y la transparencia administrativa.
Todo ello, en un marco de coherencia de la actuación del Ministerio del Interior y de
sus organismos dependientes o vinculados, y como garantía de que los procedimientos
administrativos y los procesos de negocio del Departamento sean transparentes y
comprensibles.
II. Principios rectores
– Principio de orientación al dato, en su valoración estratégica, reconociendo su
valor como activo estratégico que puede mejorar la toma de decisiones y la eficiencia
organizacional, implementando políticas que promuevan la gestión de datos como un
recurso clave y estableciendo normas y procedimientos para asegurar la calidad,
integridad y exactitud de los datos.
– Principio de proactividad, entendido como la capacidad de las Administraciones
Públicas para que, partiendo del conocimiento adquirido, mejoren sus servicios y
proporcionen un valor añadido, proporcionando una rápida respuesta anticipándose a las
posibles necesidades de la sociedad.
– Principio de uso ético de los datos, por el que los datos se manejen responsable,
transparente y respetuosamente, debiendo evaluar antes los posibles riesgos para la
privacidad, equidad y seguridad, para minimizar la probabilidad de efectos adversos.
– Principio de proporcionalidad, en cuya virtud sólo se exigirán las garantías y
medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza y circunstancias.
– Principio de interoperabilidad, entendido como la capacidad de los sistemas de
información y, por ende, de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir
datos y posibilitar el intercambio de información entre ellos.
– Principio de facilidad de uso, que determina que el diseño de los servicios debe
estar orientado a la facilidad de uso del dato desde la implementación de una toma de
decisiones informadas que mejore la eficiencia operativa, haciendo que los datos sean
fácilmente accesibles y comprensibles, reduciéndose el tiempo y el esfuerzo necesarios
para encontrar y utilizar la información, lo que a su vez aumenta la productividad y la
eficacia y se fomenta un uso más amplio y ético de los datos.
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
Se consideran principios rectores de la PGDatoMIR la orientación a la ciudadanía y
otras partes interesadas; el liderazgo y responsabilidad; la toma de decisiones basada en
la evidencia; la implicación del personal; el enfoque sobre procesos; y la orientación
sistemática de la gestión para una mejora continua.
Con carácter general el Ministerio del Interior respetará en sus actuaciones y
relaciones, además de los principios generales del artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los siguientes:
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
4.
Sec. III. Pág. 22675
Son objetivos de la PGDatoMIR:
4.1 Establecer las directrices para documentar las decisiones, acciones y
operaciones del Ministerio del Interior con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y
responsable de los datos en el Departamento, así como proteger la integridad y la
cadena de custodia de estos durante todo su ciclo de vida.
4.2 Velar por que la gestión del dato y las nuevas tecnologías que se adopten
faciliten la estrategia organizativa y el uso y explotación de los datos que necesite el
Departamento.
4.3 Asignar responsabilidades y dirigir la preparación e implementación de las
estrategias y políticas de datos que aseguren que estos satisfacen las necesidades del
Departamento.
4.4 Monitorizar, a través de los adecuados sistemas de medición, el uso del dato en
el Departamento.
4.5 Facilitar la interrelación con la ciudadanía y otras administraciones.
4.6 Facilitar la rendición de cuentas y la transparencia administrativa.
Todo ello, en un marco de coherencia de la actuación del Ministerio del Interior y de
sus organismos dependientes o vinculados, y como garantía de que los procedimientos
administrativos y los procesos de negocio del Departamento sean transparentes y
comprensibles.
II. Principios rectores
– Principio de orientación al dato, en su valoración estratégica, reconociendo su
valor como activo estratégico que puede mejorar la toma de decisiones y la eficiencia
organizacional, implementando políticas que promuevan la gestión de datos como un
recurso clave y estableciendo normas y procedimientos para asegurar la calidad,
integridad y exactitud de los datos.
– Principio de proactividad, entendido como la capacidad de las Administraciones
Públicas para que, partiendo del conocimiento adquirido, mejoren sus servicios y
proporcionen un valor añadido, proporcionando una rápida respuesta anticipándose a las
posibles necesidades de la sociedad.
– Principio de uso ético de los datos, por el que los datos se manejen responsable,
transparente y respetuosamente, debiendo evaluar antes los posibles riesgos para la
privacidad, equidad y seguridad, para minimizar la probabilidad de efectos adversos.
– Principio de proporcionalidad, en cuya virtud sólo se exigirán las garantías y
medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza y circunstancias.
– Principio de interoperabilidad, entendido como la capacidad de los sistemas de
información y, por ende, de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir
datos y posibilitar el intercambio de información entre ellos.
– Principio de facilidad de uso, que determina que el diseño de los servicios debe
estar orientado a la facilidad de uso del dato desde la implementación de una toma de
decisiones informadas que mejore la eficiencia operativa, haciendo que los datos sean
fácilmente accesibles y comprensibles, reduciéndose el tiempo y el esfuerzo necesarios
para encontrar y utilizar la información, lo que a su vez aumenta la productividad y la
eficacia y se fomenta un uso más amplio y ético de los datos.
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
Se consideran principios rectores de la PGDatoMIR la orientación a la ciudadanía y
otras partes interesadas; el liderazgo y responsabilidad; la toma de decisiones basada en
la evidencia; la implicación del personal; el enfoque sobre procesos; y la orientación
sistemática de la gestión para una mejora continua.
Con carácter general el Ministerio del Interior respetará en sus actuaciones y
relaciones, además de los principios generales del artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los siguientes: