Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Política de Gobierno del Dato. (BOE-A-2025-3156)
Orden INT/160/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22674

ANEXO
Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior
Fundamento, alcance y objetivos

1. El Ministerio del Interior se encuentra en un proceso de transformación digital
para avanzar hacia una organización orientada a los datos.
La gran cantidad, diversidad y tipos de información con los que trabaja se ha
incrementado de forma muy significativa durante los últimos años, y también lo han
hecho la responsabilidad y la sensibilización públicas hacia el uso que se hace de los
datos. Por ello, se ha definido una Política de Gobierno del Dato para situar al Ministerio
del Interior como un referente de administración del siglo XXI en este ámbito, y en el
diseño de nuevos servicios públicos digitales, proactivos y personalizados, que deben
dar respuesta a las nuevas demandas sociales.
La transformación digital debe conjugar la transparencia administrativa y el derecho a
la información con la protección de otros derechos fundamentales, como la privacidad de
las personas, la protección de datos de carácter personal y otras restricciones recogidas
en nuestro ordenamiento jurídico, como la seguridad del Estado y la persecución de los
delitos, que en el caso del Ministerio del Interior adquieren una especial relevancia.
La implementación de esta Política impulsa un cambio en la forma de trabajar de los
empleados públicos con mayor flexibilidad, motivación y conciliación. Además, impulsa
una administración inclusiva, innovadora, abierta, digital y eficiente, con el objetivo de
aportar servicios públicos de máxima calidad.
Los datos se convierten, en este sentido, en la fuerza de cambio de la Administración
Digital. Por este motivo, es necesario regular uno de los elementos fundamentales de la
gestión de los servicios basada en los datos.
2. Esta Política de Gobierno del Dato es un requisito necesario para que el
Ministerio del Interior avance con los desarrollos del momento y el punto de partida de
una estrategia global para el gobierno y explotación del dato de ámbito departamental,
que permita responder a sus centros directivos ante los retos actuales y futuros,
estableciendo los requisitos necesarios con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y
responsable de los datos en el Departamento durante todo su ciclo de vida, de proteger
su autenticidad, integridad, confidencialidad, privacidad, disponibilidad y trazabilidad, y
de garantizar su cadena de custodia, interoperabilidad y reutilización.
3. La Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior (en adelante,
PGDatoMIR) recoge el conjunto de orientaciones y directrices de aplicación en el
Departamento y sus organismos dependientes o vinculados para el gobierno del dato. En
concreto, reúne el conjunto de criterios y recomendaciones necesarios para garantizar la
rendición de cuentas sobre el uso eficaz, eficiente y responsable de los datos en el
Departamento.
La PGDatoMIR se integrará con el resto de políticas del Departamento y para su
implementación se tendrá en cuenta lo dispuesto en la normativa de aplicación,
particularmente lo establecido en las Normas Técnicas de Interoperabilidad que integran
el Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), las Normas Técnicas de Seguridad que
integran el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para
fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y
de ejecución de sanciones penales, la Orden INT/424/2019, de 10 de abril, por la que se
aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración
electrónica del Ministerio del Interior y las directrices generales en materia de seguridad
de la información para la difusión de resultados provisionales en procesos electorales,
así como los estándares y buenas prácticas nacionales e internacionales aplicables para
el gobierno del dato, en materia de protección de datos de carácter personal, en materia
de transparencia y acceso a la información, y en materia de estadística oficial.

cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es

I.