Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Política de Gobierno del Dato. (BOE-A-2025-3156)
Orden INT/160/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueba la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22672
En la medida en que los datos se han convertido en un elemento vital para el
desarrollo de cualquier organización, es para el Ministerio del Interior una necesidad la
identificación de los datos relevantes, el establecimiento de un modelo de gobierno y la
definición de unos niveles adecuados de calidad en los mismos.
El acceso fiable y seguro de los ciudadanos a los datos de las administraciones
públicas es un derecho esencial en una sociedad democrática. La transformación digital
debe conjugar la transparencia administrativa y el derecho a la información con la
protección de otros derechos fundamentales, como la privacidad de las personas, la
protección de datos de carácter personal y otras restricciones recogidas en nuestro
ordenamiento jurídico, como la seguridad del Estado y la persecución de los delitos, que
en el caso del Ministerio del Interior adquieren una especial relevancia.
Es objeto de esta orden la aprobación de la Política de Gobierno del Dato del
Ministerio del Interior, que debe abarcar todo el ciclo de vida de los datos y establecer los
requisitos necesarios con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y responsable de los
datos en el Departamento, proteger su autenticidad, integridad, confidencialidad,
disponibilidad y trazabilidad y, garantizar su cadena de custodia.
Esta Política de Gobierno del Dato asume los principios recogidos en el Manifiesto
por una Administración orientada al dato, que hizo público la Oficina del Dato, adscrita al
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en marzo de 2023. Esta
Política es un requisito necesario para que este Ministerio avance con los desarrollos del
momento, y es el punto de partida de una estrategia global para el gobierno y
explotación del dato de ámbito departamental, que permita responder a los centros
directivos ante los retos actuales y las obligaciones incluidas en los Reglamentos
anteriormente citados y en los que se fundamenta la Estrategia Europea de Datos.
Esta orden cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas ya que atiende y persigue el interés general estableciendo un
marco de referencia que facilite la ejecución, en el ámbito del departamento de la
Estrategia Europea del Dato, la eficiencia en el gasto público y la correcta gestión del
proceder administrativo. Además, es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este
propósito sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía.
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y
funcionamiento de la Administración General del Estado, en lo que se refiere al Ministerio
del Interior. Cumple, asimismo, con el principio de transparencia, ya que identifica
claramente su propósito, aunque al tratarse de una norma puramente organizativa, su
tramitación no ha requerido de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e
información pública. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que
no impone cargas administrativas.
Visto lo anterior, el Ministerio del Interior considera que los datos son un activo de la
organización y un recurso estratégico que apoya la misión central del Departamento, por
lo que, previo informe favorable de la Comisión Ministerial de Administración Digital del
Ministerio del Interior, dispongo:
Esta orden tiene por objeto aprobar la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del
Interior, cuyo texto se incorpora como anexo.
Artículo 2.
Sistema de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
El Sistema de Gobierno del Dato es el instrumento para la aplicación efectiva de la
presente Política, en el que se diseñan, implantan y desarrollan las prácticas de gobierno
del dato. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3.ñ) del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, corresponde a la Subsecretaría del Ministerio del
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22672
En la medida en que los datos se han convertido en un elemento vital para el
desarrollo de cualquier organización, es para el Ministerio del Interior una necesidad la
identificación de los datos relevantes, el establecimiento de un modelo de gobierno y la
definición de unos niveles adecuados de calidad en los mismos.
El acceso fiable y seguro de los ciudadanos a los datos de las administraciones
públicas es un derecho esencial en una sociedad democrática. La transformación digital
debe conjugar la transparencia administrativa y el derecho a la información con la
protección de otros derechos fundamentales, como la privacidad de las personas, la
protección de datos de carácter personal y otras restricciones recogidas en nuestro
ordenamiento jurídico, como la seguridad del Estado y la persecución de los delitos, que
en el caso del Ministerio del Interior adquieren una especial relevancia.
Es objeto de esta orden la aprobación de la Política de Gobierno del Dato del
Ministerio del Interior, que debe abarcar todo el ciclo de vida de los datos y establecer los
requisitos necesarios con el fin de realizar un uso eficaz, eficiente y responsable de los
datos en el Departamento, proteger su autenticidad, integridad, confidencialidad,
disponibilidad y trazabilidad y, garantizar su cadena de custodia.
Esta Política de Gobierno del Dato asume los principios recogidos en el Manifiesto
por una Administración orientada al dato, que hizo público la Oficina del Dato, adscrita al
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en marzo de 2023. Esta
Política es un requisito necesario para que este Ministerio avance con los desarrollos del
momento, y es el punto de partida de una estrategia global para el gobierno y
explotación del dato de ámbito departamental, que permita responder a los centros
directivos ante los retos actuales y las obligaciones incluidas en los Reglamentos
anteriormente citados y en los que se fundamenta la Estrategia Europea de Datos.
Esta orden cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas ya que atiende y persigue el interés general estableciendo un
marco de referencia que facilite la ejecución, en el ámbito del departamento de la
Estrategia Europea del Dato, la eficiencia en el gasto público y la correcta gestión del
proceder administrativo. Además, es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este
propósito sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía.
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y
funcionamiento de la Administración General del Estado, en lo que se refiere al Ministerio
del Interior. Cumple, asimismo, con el principio de transparencia, ya que identifica
claramente su propósito, aunque al tratarse de una norma puramente organizativa, su
tramitación no ha requerido de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e
información pública. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que
no impone cargas administrativas.
Visto lo anterior, el Ministerio del Interior considera que los datos son un activo de la
organización y un recurso estratégico que apoya la misión central del Departamento, por
lo que, previo informe favorable de la Comisión Ministerial de Administración Digital del
Ministerio del Interior, dispongo:
Esta orden tiene por objeto aprobar la Política de Gobierno del Dato del Ministerio del
Interior, cuyo texto se incorpora como anexo.
Artículo 2.
Sistema de Gobierno del Dato del Ministerio del Interior.
El Sistema de Gobierno del Dato es el instrumento para la aplicación efectiva de la
presente Política, en el que se diseñan, implantan y desarrollan las prácticas de gobierno
del dato. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3.ñ) del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, corresponde a la Subsecretaría del Ministerio del
cve: BOE-A-2025-3156
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.