Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3084)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo marco del Grupo Endesa.
144 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Lunes 17 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22094

Tipo jornada
2024

Convenio

C/O(3)

Turno

2025
C/O

Turno

2026
C/O

Turno

2027
C/O

Turno

2028
C/O

GUADISA.

1642

1642

1642

1642

1642

Acuerdo Hidráulicas de Cataluña (Convenios de ENHER
y HECSA).

1641

1641

1641

1641

1641

FECSA.

1623

Acuerdo distribución Cataluña.

1621

ERZ.

1591

VIESGO.

1579

(3)

1624

1621

1623

1624

1621

1623

1624

1621

1623

1624

1621

1591
1656

1579

1591
1656

1579

1591
1656

1579

1591
1656

1579

ENDESA, para el personal del centro de trabajo de Madrid con Convenio Origen XVI CC Endesa.
ENDESA, únicamente para personal adscrito a turno cerrado.
C/O (Jornada Continua y Otras).

Disposición transitoria cuarta.

Bolsa Vacaciones.

Para el personal incorporado con anterioridad a la firma del I Convenio Marco se
mantiene la bolsa de vacaciones regulada en el artículo 63 del Convenio de GESA, sin
que las mismas sean recuperables en los términos regulados en el presente convenio.
Disposición transitoria quinta.
origen.

Vigencia ad personam de los convenios colectivos de

Sin perjuicio de lo dispuesto en el disposición adicional quinta y en las disposiciones
derogatorias primera y segunda y de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de
Reordenación Societaria y Reorganización Empresarial de 27 de abril de 1999, los
convenios colectivos de las empresas de origen, mantendrán su vigencia ad personam,
respecto al personal incluido en su ámbito de aplicación a la fecha de la firma del I
Convenio Marco (25 octubre de 2000), ello sin perjuicio de la regulación futura que
convenios colectivos posteriores pudieran establecer.
Disposición transitoria sexta.

Promoción económica.

La dotación de las promociones económicas reguladas en los apartados a) y b) del
artículo 70.2, asciende para cada uno de los años 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028 a 1,4
M euros.
Disposición transitoria séptima.

Promoción horizontal.

En lo que se refiere al Plan de Pensiones de las personas integrantes del Grupo
Endesa pertenecientes a los niveles competenciales 0, I, II, III y IV, aquellas con contrato
fijo a la firma del IV Convenio Marco del 3 de diciembre de 2013, a partir de la misma y a
contar con efecto desde 1 de enero de 2014, una vez cada 7 años y en tanto
permanezcan afectadas por el presente convenio, sus salarios pensionables
considerados en el mencionado Plan se incrementarán en cantidad equivalente a un 5 %
de su salario base a 1 de enero de 2014, evolucionado este hasta la fecha en cuestión
en razón idéntica a la derivada de los incrementos generales que hubieran
experimentado en el periodo considerado los salarios del personal que constituye el
ámbito del presente convenio.
En caso de que durante los siete años que median entre una aplicación del
mecanismo anteriormente descrito y la siguiente, la persona afectada experimentase una

cve: BOE-A-2025-3084
Verificable en https://www.boe.es

(2)

1623

1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5 1609,5

HEASA.
(1)

1624

Turno