Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3084)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo marco del Grupo Endesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de febrero de 2025

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disfrutarse en los meses sucesivos, siempre que el número de horas aplicadas a un
trimestre no supere el doble de las que le corresponderían por aplicación de la regla
general.
4. Sin perjuicio de lo previsto en la normativa legal vigente, las partes acuerdan
expresamente que será considerado como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al
crédito horario, el correspondiente a las reuniones de los distintos Comités de Seguridad
y Salud, así como el que, en su caso, se invierta en la reunión previa a la realización de
las mismas. Tampoco computarán con cargo al citado crédito horario las reuniones
realizadas a requerimiento de la Dirección ni el tiempo invertido en las actividades
necesarias para el correcto cumplimiento de la normativa vigente.
Artículo 124. Funciones y Competencias de las Personas Delegadas de Prevención y
de los Comités de Seguridad y Salud Laboral.
1. Para el correcto ejercicio de sus funciones, las Personas Delegadas de
Prevención tendrán las competencias y facultades previstas con carácter general en los
artículos 36 y concordantes de la LPRL.
2. Los Comités de Seguridad y Salud Laboral relacionados en el artículo 114
tendrán, asimismo, las competencias y facultades previstas, con carácter general, en los
artículos 39 y concordantes de la LPRL, colaborando en el cumplimiento de toda la
normativa vigente.
3. A todas las reuniones de los Comités de Seguridad y Salud Laboral deberá
asistir, para el ejercicio de sus funciones de asesoramiento y apoyo, tanto a las
representaciones de la Dirección de la Empresa como de la parte social, al menos una
persona representante del Servicio de Prevención Mancomunado quien ejercerá su
función con absoluta independencia de las partes.
4. A las convocatorias de las reuniones, se acompañará el orden del día
establecido con una antelación mínima de cinco días, al que se incorporarán los puntos
presentados por cada una de las dos representaciones según lo establecido en el
respectivo Reglamento de Funcionamiento.
5. Los Comités de Seguridad y Salud Laboral relacionados en el artículo 114 se
regirán por lo establecido en el Reglamento de funcionamiento interno común vigente en
cada momento, basado en los principios señalados en el mismo artículo en su
apartado 4, que será desarrollado con acuerdo mayoritario de cada una de las
representaciones de la parte empresarial y sindical.
6. Endesa, SA, bien directamente o bien a través de las Empresas afectadas en
cada caso, proporcionará la infraestructura y los recursos materiales necesarios para
que las Personas Delegadas de Prevención y los Comités de Seguridad y Salud Laboral,
puedan desarrollar las funciones que le son propias, así como, para el correcto
cumplimiento de sus derechos y obligaciones.
CAPÍTULO XVIII
Regulación del uso de dispositivos digitales
Artículo 125. Principios generales.
La Dirección de la Empresa y la Representación Social, conscientes de la
importancia que el uso generalizado de las nuevas tecnologías de la información y del
conocimiento tiene en el ámbito laboral y de la problemática que puede derivarse de una
incorrecta utilización de las mismas, acuerdan regular esta materia bajo los siguientes
principios de actuación:
a. Con carácter general, y siempre que dispongan de los medios técnicos
adecuados, las personas trabajadoras podrán hacer uso del correo electrónico y de
Internet para el desempeño de las funciones propias de su puesto de trabajo.

cve: BOE-A-2025-3084
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Núm. 41