Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3084)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo marco del Grupo Endesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22129
Disposición adicional única.
Los derechos y garantías reconocidos en los Acuerdos de Reordenación Societaria y
Reorganización Empresarial del Grupo Endesa de 27 de abril y 29 de diciembre de 1999
y de 26 de abril de 2002, que no hubieran consumado sus efectos jurídicos o tuvieran
carácter permanente continuarán vigentes para las personas trabajadoras beneficiarias
de los mismos, salvo que no esté regulado o derogado por lo dispuesto en el VI
Convenio Colectivo.
ANEXO 20
Acuerdo marco de medidas voluntarias de suspensión o extinción del contrato
de trabajo en Endesa (en adelante, AVS 2025/2029)
Endesa ha decidido articular un procedimiento universal, voluntario y no
discriminatorio de desvinculación de la relación laboral.
En este contexto, se han analizado las diversas alternativas de desvinculación que
permite la legislación laboral española, tales como las bajas voluntarias incentivadas, la
suspensión de la relación laboral de mutuo acuerdo, la excedencia laboral o la licencia
retribuida.
Como conclusión del anterior análisis se han considerado como fórmulas más
idóneas la baja voluntaria incentivada y la suspensión anual prorrogable del contrato de
trabajo.
Aspectos generales
Primero.
Objeto.
El presente documento tiene por objeto describir el marco de medidas voluntarias de
suspensión o extinción de los contratos de trabajo en Endesa.
Segundo.
Ámbito temporal.
El AVS tendrá como vigencia el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2025 hasta
el 31 de diciembre de 2029, fecha en la que decaerá el acuerdo (AVS 2025/2029).
Si bien las competencias que ejercerá la Comisión de Seguimiento e Interpretación
del VI Convenio Colectivo de Endesa sobre la aplicación del citado Acuerdo Marco de
medidas se mantendrán vigentes mientras existan Personas Trabajadoras afectados por
las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, el presente acuerdo (AVS 2025/2029) podrá prorrogar su
vigencia con el expreso acuerdo de las partes con el plazo máximo de un año.
Tercero. Ámbitos funcional y territorial.
– Endesa Red, SA.
– Endesa X Servicios, SL.
– Endesa Mobility, SL.
El ámbito territorial del presente acuerdo (AVS 2025/2029) coincidirá con el ámbito
territorial enunciado en el artículo 5 del VI Convenio Colectivo de Endesa.
cve: BOE-A-2025-3084
Verificable en https://www.boe.es
El ámbito funcional del presente acuerdo (AVS 2025/2029) coincidirá con el ámbito
funcional enunciado en el artículo 2 del VI Convenio Colectivo de Endesa, exceptuando
de dicho ámbito a las empresas a continuación detalladas, que quedan expresamente
excluidas del mismo:
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22129
Disposición adicional única.
Los derechos y garantías reconocidos en los Acuerdos de Reordenación Societaria y
Reorganización Empresarial del Grupo Endesa de 27 de abril y 29 de diciembre de 1999
y de 26 de abril de 2002, que no hubieran consumado sus efectos jurídicos o tuvieran
carácter permanente continuarán vigentes para las personas trabajadoras beneficiarias
de los mismos, salvo que no esté regulado o derogado por lo dispuesto en el VI
Convenio Colectivo.
ANEXO 20
Acuerdo marco de medidas voluntarias de suspensión o extinción del contrato
de trabajo en Endesa (en adelante, AVS 2025/2029)
Endesa ha decidido articular un procedimiento universal, voluntario y no
discriminatorio de desvinculación de la relación laboral.
En este contexto, se han analizado las diversas alternativas de desvinculación que
permite la legislación laboral española, tales como las bajas voluntarias incentivadas, la
suspensión de la relación laboral de mutuo acuerdo, la excedencia laboral o la licencia
retribuida.
Como conclusión del anterior análisis se han considerado como fórmulas más
idóneas la baja voluntaria incentivada y la suspensión anual prorrogable del contrato de
trabajo.
Aspectos generales
Primero.
Objeto.
El presente documento tiene por objeto describir el marco de medidas voluntarias de
suspensión o extinción de los contratos de trabajo en Endesa.
Segundo.
Ámbito temporal.
El AVS tendrá como vigencia el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2025 hasta
el 31 de diciembre de 2029, fecha en la que decaerá el acuerdo (AVS 2025/2029).
Si bien las competencias que ejercerá la Comisión de Seguimiento e Interpretación
del VI Convenio Colectivo de Endesa sobre la aplicación del citado Acuerdo Marco de
medidas se mantendrán vigentes mientras existan Personas Trabajadoras afectados por
las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, el presente acuerdo (AVS 2025/2029) podrá prorrogar su
vigencia con el expreso acuerdo de las partes con el plazo máximo de un año.
Tercero. Ámbitos funcional y territorial.
– Endesa Red, SA.
– Endesa X Servicios, SL.
– Endesa Mobility, SL.
El ámbito territorial del presente acuerdo (AVS 2025/2029) coincidirá con el ámbito
territorial enunciado en el artículo 5 del VI Convenio Colectivo de Endesa.
cve: BOE-A-2025-3084
Verificable en https://www.boe.es
El ámbito funcional del presente acuerdo (AVS 2025/2029) coincidirá con el ámbito
funcional enunciado en el artículo 2 del VI Convenio Colectivo de Endesa, exceptuando
de dicho ámbito a las empresas a continuación detalladas, que quedan expresamente
excluidas del mismo: