Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3084)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo marco del Grupo Endesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22113
Medidas:
Medida 9.ª: Realización de una formación «obligatoria» para toda la plantilla sobre el
Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.
Indicadores:
(1) Número de asistentes a las formaciones (Medida 9.ª).
Responsable:
Formación.
Plazo:
Anual junto con formación realizada de cierre año. Vigencia del VI Convenio.
Entrega a Comisión de Seguimiento e Interpretación.
Categoría: Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
Objetivo: La Dirección de la Empresa y la Representación Social realizarán
campañas informativas y de sensibilización de la plantilla tendentes a fomentar un
entorno laboral en el que resulte inaceptable cualquier situación de acoso por razón de
orientación sexual, identidad y/o expresión de género y características sexuales.
Medidas:
Medida 10.ª: Realización de jornadas de prevención del acoso y la violencia contra
las personas LGTBI.
Indicadores:
(1)
Número de asistentes a las jornadas (Medida 10.ª).
Responsable:
Cultura.
Plazo:
Anual junto con formación realizada de cierre año. Vigencia del VI Convenio.
Entrega a Comisión de Seguimiento e Interpretación.
Categoría: Permisos y beneficios sociales.
Objetivo: Garantizar el acceso a los permisos, beneficios sociales y derechos sin
discriminación por razón de orientación e identidad sexual y expresión de género.
Medidas:
Indicadores:
Artículos 39 y 42.1.j).
Responsable:
Relaciones Laborales.
cve: BOE-A-2025-3084
Verificable en https://www.boe.es
Medida 11.ª: Incorporar en el convenio colectivo garantías respecto al acceso a
permisos, beneficios sociales y derechos sin discriminación por orientación sexual,
identidad de género o expresión de género.
Medida 12.ª: Incorporar en el convenio colectivo los permisos necesarios para la
asistencia a consultas médicas o trámites legales, con especial atención a las personas
trans.
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22113
Medidas:
Medida 9.ª: Realización de una formación «obligatoria» para toda la plantilla sobre el
Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.
Indicadores:
(1) Número de asistentes a las formaciones (Medida 9.ª).
Responsable:
Formación.
Plazo:
Anual junto con formación realizada de cierre año. Vigencia del VI Convenio.
Entrega a Comisión de Seguimiento e Interpretación.
Categoría: Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
Objetivo: La Dirección de la Empresa y la Representación Social realizarán
campañas informativas y de sensibilización de la plantilla tendentes a fomentar un
entorno laboral en el que resulte inaceptable cualquier situación de acoso por razón de
orientación sexual, identidad y/o expresión de género y características sexuales.
Medidas:
Medida 10.ª: Realización de jornadas de prevención del acoso y la violencia contra
las personas LGTBI.
Indicadores:
(1)
Número de asistentes a las jornadas (Medida 10.ª).
Responsable:
Cultura.
Plazo:
Anual junto con formación realizada de cierre año. Vigencia del VI Convenio.
Entrega a Comisión de Seguimiento e Interpretación.
Categoría: Permisos y beneficios sociales.
Objetivo: Garantizar el acceso a los permisos, beneficios sociales y derechos sin
discriminación por razón de orientación e identidad sexual y expresión de género.
Medidas:
Indicadores:
Artículos 39 y 42.1.j).
Responsable:
Relaciones Laborales.
cve: BOE-A-2025-3084
Verificable en https://www.boe.es
Medida 11.ª: Incorporar en el convenio colectivo garantías respecto al acceso a
permisos, beneficios sociales y derechos sin discriminación por orientación sexual,
identidad de género o expresión de género.
Medida 12.ª: Incorporar en el convenio colectivo los permisos necesarios para la
asistencia a consultas médicas o trámites legales, con especial atención a las personas
trans.