Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-3090)
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Corporación Empresarial Tegara II, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Hayabusa, de 87,79 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Palomeque y Cedillo del Condado (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22201
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127 y 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, del Servicio
de Infraestructura Viaria y Urbana de la Diputación de Toledo, de Red Eléctrica de
España, de Aguas de las Cuencas de España, SA, y del Ayuntamiento de Cedillo del
Condado. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Provincial en Toledo de la
Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Castilla-La Mancha y de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos y,
en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de UFD Distribución Electricidad, SA, en la que se
señalan las afecciones producidas a las instalaciones de su titularidad, solicitando al
promotor información concreta en cada caso. El promotor responde con la misma.
Trasladado al organismo, emite informe en el que se establecen condicionados técnicos
y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. El promotor muestra conformidad.
Se ha recibido informe de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, la cual
informa desfavorablemente ya que se ha detectado que varias instalaciones proyectadas
producen afecciones sobre conducciones y su servidumbre de paso-acueducto
gestionadas por IACLM:
– Las líneas eléctricas subterráneas proyectadas producen una serie de
cruzamientos que afectan a varias conducciones gestionadas por IACLM. La distancia
entre la línea eléctrica y las conducciones es menor a la distancia mínima establecida
por IACLM.
Trasladado dicho informe al promotor, este responde informando de que se ha
producido una reunión con el organismo en la cuales se ha establecido una serie de
compromisos, que se enumeran.
Asimismo, emite segunda respuesta incluyendo adendas para los proyectos «San
Marcos», «Hayabusa», «LEV San Pedro 220 kV» y «L/ SC 220 KV SE San Marcos – AP
ENT», y solicitando informe favorable de IACLM para dichas adendas. Trasladado al
organismo, este emite informe favorable.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Dirección General de
Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, el Área de
Vías Pecuarias de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
FCC Aqualia, Telefónica de España, SAU, y los Ayuntamientos de Casarrubios del
Monte, de Lominchar, de Méntrida, de Palomeque y de Valmojado, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 10 de septiembre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado»; el 16 de
septiembre de 2024, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo», con la exposición
cve: BOE-A-2025-3090
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 22201
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127 y 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, del Servicio
de Infraestructura Viaria y Urbana de la Diputación de Toledo, de Red Eléctrica de
España, de Aguas de las Cuencas de España, SA, y del Ayuntamiento de Cedillo del
Condado. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Provincial en Toledo de la
Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Castilla-La Mancha y de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, en las que se establecen condicionados técnicos y,
en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de UFD Distribución Electricidad, SA, en la que se
señalan las afecciones producidas a las instalaciones de su titularidad, solicitando al
promotor información concreta en cada caso. El promotor responde con la misma.
Trasladado al organismo, emite informe en el que se establecen condicionados técnicos
y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. El promotor muestra conformidad.
Se ha recibido informe de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, la cual
informa desfavorablemente ya que se ha detectado que varias instalaciones proyectadas
producen afecciones sobre conducciones y su servidumbre de paso-acueducto
gestionadas por IACLM:
– Las líneas eléctricas subterráneas proyectadas producen una serie de
cruzamientos que afectan a varias conducciones gestionadas por IACLM. La distancia
entre la línea eléctrica y las conducciones es menor a la distancia mínima establecida
por IACLM.
Trasladado dicho informe al promotor, este responde informando de que se ha
producido una reunión con el organismo en la cuales se ha establecido una serie de
compromisos, que se enumeran.
Asimismo, emite segunda respuesta incluyendo adendas para los proyectos «San
Marcos», «Hayabusa», «LEV San Pedro 220 kV» y «L/ SC 220 KV SE San Marcos – AP
ENT», y solicitando informe favorable de IACLM para dichas adendas. Trasladado al
organismo, este emite informe favorable.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Dirección General de
Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, el Área de
Vías Pecuarias de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
FCC Aqualia, Telefónica de España, SAU, y los Ayuntamientos de Casarrubios del
Monte, de Lominchar, de Méntrida, de Palomeque y de Valmojado, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 10 de septiembre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado»; el 16 de
septiembre de 2024, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo», con la exposición
cve: BOE-A-2025-3090
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41