Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3063)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, O.A., para el desarrollo de programas de políticas activas de empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 21755
programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28
de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el
empleo del Sistema Nacional de Empleo, supone una gran oportunidad para explorar la
utilización de nuevos tipos de programas experienciales de empleo y formación, dirigidos
a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en
ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.
5. Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión
pública de la formación en alternancia con el empleo, facilita la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública
y carece de repercusión en relación con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
7. Que ha emitido autorización previa el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, para su suscripción, y se cumplen los restantes trámites preceptivos que
establece el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
8. Que las partes firmantes estiman que la experiencia acumulada en los últimos
años permite perfilar el marco de colaboración y exige actualizar los criterios y
procedimientos de dicha colaboración y la conveniencia de aunar los esfuerzos dentro de
sus competencias.
Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Servicio Público de
Empleo Estatal y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para la ejecución
de programas públicos experienciales de empleo y formación, desarrollados mediante
proyectos de carácter general para personas desempleadas; proyectos específicos
dirigidos a personas desempleadas menores de treinta años; proyectos específicos para
personas emprendedoras cuyo objetivo sea el desarrollo de un proyecto empresarial, así
como unidades de promoción y desarrollo y para la ejecución de programas de inserción
laboral a través de obras o servicios de interés general y social.
Los proyectos experienciales de carácter general y los específicos dirigidos a
personas menores de treinta años tendrán por objeto mejorar las posibilidades de
inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su
cualificación en alternancia con la práctica profesional en proyectos relacionados con los
bienes gestionados y administrados por el Consejo de Administración del Patrimonio
Nacional.
Los proyectos específicos para personas emprendedoras tendrán como objetivo el
desarrollo de un proyecto empresarial, con la finalidad de favorecer el autoempleo de las
personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad
agraria de transformación o empresa de inserción.
Los programas de inserción laboral dirigidos a la contratación de personas
demandantes de empleo para la realización de obras o servicios de interés general y
social tendrán como objeto facilitar la colocación y la adquisición de competencias
profesionales a las personas desempleadas destinatarias de este programa, mediante su
contratación para la realización de las obras y servicios relacionados con funciones y
cve: BOE-A-2025-3063
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 21755
programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28
de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el
empleo del Sistema Nacional de Empleo, supone una gran oportunidad para explorar la
utilización de nuevos tipos de programas experienciales de empleo y formación, dirigidos
a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en
ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.
5. Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión
pública de la formación en alternancia con el empleo, facilita la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública
y carece de repercusión en relación con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
7. Que ha emitido autorización previa el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, para su suscripción, y se cumplen los restantes trámites preceptivos que
establece el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
8. Que las partes firmantes estiman que la experiencia acumulada en los últimos
años permite perfilar el marco de colaboración y exige actualizar los criterios y
procedimientos de dicha colaboración y la conveniencia de aunar los esfuerzos dentro de
sus competencias.
Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Servicio Público de
Empleo Estatal y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional para la ejecución
de programas públicos experienciales de empleo y formación, desarrollados mediante
proyectos de carácter general para personas desempleadas; proyectos específicos
dirigidos a personas desempleadas menores de treinta años; proyectos específicos para
personas emprendedoras cuyo objetivo sea el desarrollo de un proyecto empresarial, así
como unidades de promoción y desarrollo y para la ejecución de programas de inserción
laboral a través de obras o servicios de interés general y social.
Los proyectos experienciales de carácter general y los específicos dirigidos a
personas menores de treinta años tendrán por objeto mejorar las posibilidades de
inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su
cualificación en alternancia con la práctica profesional en proyectos relacionados con los
bienes gestionados y administrados por el Consejo de Administración del Patrimonio
Nacional.
Los proyectos específicos para personas emprendedoras tendrán como objetivo el
desarrollo de un proyecto empresarial, con la finalidad de favorecer el autoempleo de las
personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad
agraria de transformación o empresa de inserción.
Los programas de inserción laboral dirigidos a la contratación de personas
demandantes de empleo para la realización de obras o servicios de interés general y
social tendrán como objeto facilitar la colocación y la adquisición de competencias
profesionales a las personas desempleadas destinatarias de este programa, mediante su
contratación para la realización de las obras y servicios relacionados con funciones y
cve: BOE-A-2025-3063
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.