Comunidad Autónoma de Galicia. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-2978)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa procedimiento para declarar bien de interés cultural del patrimonio inmaterial la música y el baile tradicional de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21431

2. Manifestación: la artes del espectáculo, en especial la danza y la música,
representaciones, juegos y deportes y los usos sociales, rituales, ceremonias y actos
festivos –artículo 9.3.a) 4.º y 5.º–.
3. Objeto: son objeto de la presente declaración la música y el baile tradicionales de
Galicia, en toda su amplia y rica manifestación:
– La música tradicional, como soporte y parte fundamental e indisoluble del baile
tradicional gallego, en cualquiera de sus manifestaciones que le sirven o le pueden servir
de soporte.
– Los bailes que se ejecutan siguiendo los códigos y las convenciones propias del
baile tradicional gallego (puntos, movimientos, maneras, colocación corporal, posiciones
de pies y brazos, braceos, coreografías de conjunto, etc.), abierto a todos los asistentes
y que se manifiesta en las ruadas. Esta manifestación es participativa, espontánea,
colectiva, abierta, improvisada según pautas, flexible y contextual.
– Los bailes pautados que se ejecutan según fórmulas preestablecidas de puntos,
maneras, movimientos y coreografías, a veces asociadas a melodías determinadas. Está
abierta a todas las personas que conozcan ese baile concreto. Se manifiesta muy
residualmente en las foliadas. Es una manifestación participativa, espontánea, colectiva,
abierta, pautada y prefijada.
– Los bailes que representan en recreaciones y reconstrucciones escénicas las
agrupaciones folclóricas, a manera de muestra documental y exhibición de los bailes
recogidos en el pasado por las propias asociaciones. Emplean las convenciones propias
del baile tradicional gallego (puntos, movimientos, maneras, colocación corporal,
posiciones de pies y brazos, braceos, coreografías de conjunto, etc.). Suele usar en las
representaciones réplicas de indumentaria decimonónica. Poseen un fuerte valor de
identidad cultural, enraizada en la herencia y perduración del pasado. Son
manifestaciones del arte del espectáculo, ejecutadas para ser contempladas.
Definición:

La música tradicional gallega es el arte de combinar los sonidos armónicamente
siguiendo unas determinadas reglas, normas, costumbres y tradiciones de nuestro
pueblo. Se caracteriza tanto por sus formas (muiñeiras, jotas, agarrados...), instrumentos
(de viento, como la gaita, de percusión como la pandereta, pandero, tambor o bombo, y
la voz humana, entre otros) y agrupaciones musicales (informales o formales). La música
tradicional gallega comparte características con las de las áreas vecinas de Asturias,
Portugal y León y, en general, con la tradición musical de Europa Occidental. Como
norma general, la música tradicional sirve de soporte al baile tradicional.
El baile tradicional gallego es una expresión artística relevante y heredada que, más
allá de la belleza estética de sus movimientos armónicos o acompasados, o de su
expresividad y sensibilidad asociada a la capacidad y a la habilidad física, es una
herramienta de identificación social, un ejercicio de comunicación y afirmación que
colabora en la cohesión entre las personas de una comunidad y que propicia un canal de
comunicación lúdica y activa, invitando al aprecio y el intercambio de conocimientos y
experiencias.
El fiadeiro, junto con las manifestaciones de baile pautado, es una manifestación
musical, festiva, popular, específica de Galicia y de los gallegos y gallegas. La foliada se
caracteriza por ser una manifestación social participativa, comunitaria, con un alto grado
de improvisación y espontaneidad tanto formal como musical, en la que se producen
simultáneamente el canto, el baile y la práctica instrumental de la música tradicional
gallega, entendida esta como el resultado, abierto y en constante dinamismo, de los
diversos y numerosos procesos de transmisión, creación, selección e incorporación de
los saberes y patrimonios musicales relacionados con el bien.
El baile tradicional se desarrolla a partir de la práctica y el disfrute social del
repertorio musical gallego y del baile que le es propio, disponiendo de una serie de
características específicas e identitarias que lo hacen reconocible para su comunidad:

cve: BOE-A-2025-2978
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