Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2932)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la Secretaría General de Formación Profesional, para la realización de estancias de formación, así como el módulo profesional de formación, en centros de trabajo del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21000

aprendizaje de los módulos formativos dualizables, así como el módulo de formación en
centros de trabajo de títulos de familias profesionales con perfiles vinculados a algunas
de sus áreas de trabajo se realice en los centros de trabajo del INGESA en dichas
ciudades.
6.º Que los centros públicos de enseñanza de Ceuta y Melilla, dependientes del
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes pretenden desarrollar
proyectos de Formación Profesional Dual en los que la formación de determinados
módulos sea compartida por el centro educativo y por empresas, y que la formación
práctica se realice en los centros de trabajo del INGESA de dichas ciudades, con un
programa formativo en alternancia y temporalizado, consensuado por los tutores del
centro educativo y los tutores del área de trabajo del INGESA.
Por lo expuesto, las partes cumplen todos los requisitos legales necesarios para el
otorgamiento de este acto, por lo que
ACUERDAN
I. Suscribir el presente convenio entre los centros educativos de las ciudades de
Ceuta o Melilla y los centros de trabajo del INGESA para el desarrollo de planes
formativos de Formación Profesional de los Grados Básico, Medio o Superior
conducentes a la obtención de los títulos que aparecen en el anexo I –o de otros que se
incorporen por acuerdo de la Comisión de Seguimiento debido a que se encuentren en
análogas circunstancias que los que ya se incluyen–, así como de los certificados
profesionales de los grados C, mediante estancias de formación de personas en
formación, en el marco del Sistema de Formación Profesional regulado por la Ley
Orgánica 3/2022 de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación
Profesional».
II.

Formalizar el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS

Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es el desarrollo, por los centros educativos de las
ciudades de Ceuta o Melilla y los centros de trabajo del INGESA, de planes formativos
de Formación Profesional de los Grados Básico, Medio o Superior conducentes a la
obtención de los títulos que aparecen en el anexo I –o de otros que se incorporen por
acuerdo de la Comisión de Seguimiento debido a que se encuentren en análogas
circunstancias que los que ya se incluyen–, así como de los certificados profesionales de
los grados C, mediante estancias de formación de personas en formación, en el marco
del Sistema de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de
marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Centros educativos y planes formativos.

Las personas en formación que se seleccionen podrán estar cursando el ciclo
formativo, curso de especialización de grado medio o superior o certificado profesional
en el que estén matriculado.
Desarrollarán el Plan de Formación que incluirá los requisitos mínimos que se
detallan en el modelo del anexo XVII del Real Decreto 659/2023 de 18 de julio de 2023 si
se trata de enseñanzas de la Ley 3/2022, de 31 de marzo, o bien el Programa Formativo
de Formación en Centros de Trabajo recogido en el anexo II de las Instrucciones de la
Secretaría General de Formación Profesional sobre la puesta en marcha y desarrollo de
los módulos profesionales de formación en centros de trabajo para todas las enseñanzas
de formación profesional y el del proyecto para los ciclos formativos de grado superior

cve: BOE-A-2025-2932
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Segunda.