Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Baile Deportivo. Estatutos. (BOE-A-2025-2849)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
12.
13.
Sec. III. Pág. 20331
Cheerleading.
10 Bailes.
3. La FEBD tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines y jurisdicción en los asuntos de su competencia, cuyo ámbito
de actuación se extiende al conjunto del territorio español.
4. La FEBD posee patrimonio propio e independiente del de sus asociados, y
carece de ánimo de lucro.
5. La FEBD está afiliada a las siguientes federaciones internacionales:
1. World Dance Sport Federation (WDSF).
2. Internacional Dance Organitation (IDO).
3. International Baton Twirling Federation (IBTF).
4. Como Federación afiliada a la WDSF, la FEBD se integrará, a su vez, en
aquellas organizaciones en las que esté integrada la WDSF: World Rock ‘n’ Roll
Confederation (WRRC) y United Country Western Dance Council (UCWDC).
6. La FEBD, no admite ningún tipo de discriminación, por ella o por sus miembros,
por razón de nacimiento, raza, religión, sexo, opinión o cualesquiera otras condiciones o
circunstancias personales o sociales.
7. El castellano es la lengua oficial vehicular de la FEBD. En aquellas Comunidades
Autónomas donde sus respectivos Estatutos de Autonomía reconozcan lenguas
cooficiales, las Federaciones de Ámbito Autonómico, en su caso, podrán traducir los
textos que conforman el ordenamiento federativo a éstas. En caso de discrepancia entre
los mismos, el castellano hará siempre fe.
8. Tanto los órganos de la FEBD como quienes los conforman, se comprometen a
observar los reglamentos y directrices de los organismos internacionales del baile
deportivo.
9. La sede de la FEBD se encuentra ubicada en la calle Martínez Aloy, número 3,
bajo, 46007 de Valencia (Red Coworking Valencia). Para trasladar este domicilio, se
precisará el acuerdo de la Asamblea General, salvo que dicho traslado sea dentro del
mismo término municipal, que bastará con el acuerdo de la Comisión Delegada.
Asimismo, la FEBD podrá disponer de oficinas operativas en las ciudades que considere
más adecuadas, sin que ello signifique la necesidad de modificar el domicilio legal, que
será, a todos los efectos, el citado anteriormente.
10. La FEBD podrá disponer, mantener y gestionar oficinas operativas en cualquier
lugar del territorio español por el simple acuerdo de la Junta Directiva, ratificado por la
Comisión Delegada, sin que ello implique la modificación de estos estatutos.
Artículo 1bis. Reconocimientos relacionados con las federaciones internacionales a las
que la FEBD pertenece.
IBTF.
1. La FEBD garantiza que todos los deportistas y oficiales que se encuentren en
posesión de una licencia federativa de la especialidad deportiva del Twirling Baton,
aceptarán, en todas las cuestiones y asuntos de carácter internacional, las Reglas
Antidopaje de la Federación Internacional de Twirling Baton (IBTF) elaboradas de
acuerdo con el Código Mundial Antidopaje, respetando el ordenamiento jurídico español.
2. La FEBD está comprometida con la protección de los deportistas. En el ámbito
internacional del Twirling Baton, la FEBD cumple la guía de las Políticas de protección de
la IBTF y su personal, tanto voluntario como empleado que trabaja con nuestros
deportistas de Twirling Baton, busca crear un ambiente seguro para que todos los
deportistas crezcan y se desarrollen dentro de la especialidad deportiva del Twirling
Baton.
cve: BOE-A-2025-2849
Verificable en https://www.boe.es
A)
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
12.
13.
Sec. III. Pág. 20331
Cheerleading.
10 Bailes.
3. La FEBD tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines y jurisdicción en los asuntos de su competencia, cuyo ámbito
de actuación se extiende al conjunto del territorio español.
4. La FEBD posee patrimonio propio e independiente del de sus asociados, y
carece de ánimo de lucro.
5. La FEBD está afiliada a las siguientes federaciones internacionales:
1. World Dance Sport Federation (WDSF).
2. Internacional Dance Organitation (IDO).
3. International Baton Twirling Federation (IBTF).
4. Como Federación afiliada a la WDSF, la FEBD se integrará, a su vez, en
aquellas organizaciones en las que esté integrada la WDSF: World Rock ‘n’ Roll
Confederation (WRRC) y United Country Western Dance Council (UCWDC).
6. La FEBD, no admite ningún tipo de discriminación, por ella o por sus miembros,
por razón de nacimiento, raza, religión, sexo, opinión o cualesquiera otras condiciones o
circunstancias personales o sociales.
7. El castellano es la lengua oficial vehicular de la FEBD. En aquellas Comunidades
Autónomas donde sus respectivos Estatutos de Autonomía reconozcan lenguas
cooficiales, las Federaciones de Ámbito Autonómico, en su caso, podrán traducir los
textos que conforman el ordenamiento federativo a éstas. En caso de discrepancia entre
los mismos, el castellano hará siempre fe.
8. Tanto los órganos de la FEBD como quienes los conforman, se comprometen a
observar los reglamentos y directrices de los organismos internacionales del baile
deportivo.
9. La sede de la FEBD se encuentra ubicada en la calle Martínez Aloy, número 3,
bajo, 46007 de Valencia (Red Coworking Valencia). Para trasladar este domicilio, se
precisará el acuerdo de la Asamblea General, salvo que dicho traslado sea dentro del
mismo término municipal, que bastará con el acuerdo de la Comisión Delegada.
Asimismo, la FEBD podrá disponer de oficinas operativas en las ciudades que considere
más adecuadas, sin que ello signifique la necesidad de modificar el domicilio legal, que
será, a todos los efectos, el citado anteriormente.
10. La FEBD podrá disponer, mantener y gestionar oficinas operativas en cualquier
lugar del territorio español por el simple acuerdo de la Junta Directiva, ratificado por la
Comisión Delegada, sin que ello implique la modificación de estos estatutos.
Artículo 1bis. Reconocimientos relacionados con las federaciones internacionales a las
que la FEBD pertenece.
IBTF.
1. La FEBD garantiza que todos los deportistas y oficiales que se encuentren en
posesión de una licencia federativa de la especialidad deportiva del Twirling Baton,
aceptarán, en todas las cuestiones y asuntos de carácter internacional, las Reglas
Antidopaje de la Federación Internacional de Twirling Baton (IBTF) elaboradas de
acuerdo con el Código Mundial Antidopaje, respetando el ordenamiento jurídico español.
2. La FEBD está comprometida con la protección de los deportistas. En el ámbito
internacional del Twirling Baton, la FEBD cumple la guía de las Políticas de protección de
la IBTF y su personal, tanto voluntario como empleado que trabaja con nuestros
deportistas de Twirling Baton, busca crear un ambiente seguro para que todos los
deportistas crezcan y se desarrollen dentro de la especialidad deportiva del Twirling
Baton.
cve: BOE-A-2025-2849
Verificable en https://www.boe.es
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