Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Baile Deportivo. Estatutos. (BOE-A-2025-2849)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Baile Deportivo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20344

calendario de la FEBD, teniéndose en cuenta para su inclusión requisitos como que haya
sido autorizada o reconocida como tal por el órgano competente de la FEBD, la
inscripción o participación sea federada y el resultado de la misma tenga relevancia en el
marco clasificatorio o competitivo establecido por la FEBD en su reglamentación
deportiva.
La FEBD será considerada, a todos los efectos, organizadora de aquellas
competiciones que sean de su titularidad por haber sido incluidas en el calendario
aprobado por la asamblea general de la propia FEBD.
Como organizadora, la FEBD podrá comercializar los derechos y productos de sus
competiciones que establezca la legislación vigente, con pleno respeto a los derechos
individuales de los clubes y entidades deportivas asociados, no pudiendo disponer de
ellos salvo consentimiento expreso de los mismos. Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 26 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes
complementarias para apoyar la economía y el empleo.
10. Los deportistas, técnicos y jueces participantes deberán estar en posesión de la
licencia federativa.
TÍTULO IV
De los órganos de la FEBD
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 19.

Órganos de la FEBD.

1. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, la FEBD contará con las
siguientes clases de órganos:
A.

De gobierno y representación:

1. La Asamblea General.
2. La Comisión Delegada.
3. El Presidente.
B.

De gestión y asesoramiento:

C.

De administración de régimen interno:

1.
2.
3.
4.

El Gerente.
El Secretario General.
La Asesoría Jurídica.
La Comisión de Control Económico.

D.

Técnicos-Deportivos:

1. La Comisión de Técnicos-Deportiva.
2. La Comisión de jueces.
3. La Comisión de la Salud y Prevención del Dopaje.

cve: BOE-A-2025-2849
Verificable en https://www.boe.es

1. La Junta Directiva.
2. El Comité Ejecutivo.
3. La Comisión de Presidentes de Federaciones Autonómicas y Delegaciones
Territoriales.
4. Comité de Baile Profesional.
5. La Comisión de Igualdad.
6. La Comisión de deporte de personas con discapacidad.