Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2848)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, para el ejercicio de las respectivas competencias en protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
IV.
Sec. III. Pág. 20325
Compromisos de la Autoridad Portuaria de Castellón
a) Contribuir, en el importe anual recogido en la siguiente cláusula, a la formación
del personal adscrito al SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, a través de los
cursos de formación específica que se determinen por la Comisión de Seguimiento, con
la finalidad de asegurar la permanente adaptación de las técnicas más modernas de
actuación frente a cualquier intervención a realizar por el SPEIS del Ayuntamiento de
Castellón de la Plana en el Puerto de Castellón, redundando con ello en un mayor nivel
de las condiciones de seguridad y eficiencia en la gestión de las emergencias. El objetivo
principal de esta formación estará orientada al conocimiento teórico y práctico de
cualquiera de los aspectos relacionados con la actividad portuaria, en la intervención en
buques, en el salvamento de personas, tanto en ámbito terrestre como marítimo, la lucha
contra la contaminación marítima, en la dirección de las emergencias y en la intervención
en las instalaciones terrestres convencionales y especializadas, especialmente aquellas
afectadas por la legislación de accidentes mayores y con existencia de riesgo químico.
También será de interés la formación relativa a la intervención en medios de transporte
de mercancías peligrosas (terrestre, ferroviaria y marítima).
b) Poner a disposición del SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana las
redes contraincendios de la Autoridad Portuaria, así como material para la conexión con
los buques e incluso material de extinción específico.
c) Poner a disposición del SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plan, de un
pañol y amarre de embarcaciones, de forma que se asegure la operatividad de sus
unidades de salvamento, rescate marítimo y de playas.
d) Promover y organizar ejercicios y simulacros, tanto en tierra como en mar,
incluyendo en los mismos, cuando proceda, la activación adicional del Plan de
Autoprotección de las diferentes empresas instaladas dentro del recinto portuario.
e) Promover y organizar visitas a empresas instaladas en el recinto portuario o a
buques atracados o fondeados en aguas del puerto.
f) Facilitar, con ocasión de cada intervención, información relativa a la ubicación de
mercancías incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 145/1989, de 20 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y
Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.
g) Proporcionar documentos de localización e identificación de las diferentes
industrias SEVESO o que almacenan mercancías peligrosas, de forma que se disponga
de una información actualizada de la tipología de riesgos inherentes a cada actividad,
para poder hacer frente a servicios preventivos o de intervención ante emergencias.
h) Contribuir, en el importe anual recogido en la siguiente cláusula, a la adquisición
y al adecuado mantenimiento de los medios materiales del SPEIS del Ayuntamiento de
Castellón de la Plana específicos y adecuados ante las incidencias o emergencias que
se puedan producir en la zona de servicio del puerto. Todos los materiales y/o equipos
de intervención que se detallan, podrán estar depositados y almacenados en la zona de
servicio del puerto o en las instalaciones municipales que resulten más adecuadas en
cada caso, pudiéndose utilizar por el SPEIS en la ciudad de Castellón, en aquellas
situaciones de emergencia que activen el correspondiente PEE, PLATEMCAS o Planes
Territoriales de Protección Civil y emergencias o, en general, frente a emergencias en su
ámbito de actuación, dando cuenta en el tiempo y forma que se establezca a la Comisión
de Seguimiento previa comunicación a la persona de enlace con la Comisión de
Seguimiento. De forma no exhaustiva, y de acuerdo con lo que se determine por la
Comisión de Seguimiento, se atenderá a la financiación de las siguientes necesidades:
a. Materiales. Colaboración en la adecuación o adquisición de vehículo y/o
equipamiento destinado a lucha contra siniestros y emergencias con presencia de riesgo
químico.
cve: BOE-A-2025-2848
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de Castellón adquiere los siguientes compromisos:
Núm. 39
Viernes 14 de febrero de 2025
IV.
Sec. III. Pág. 20325
Compromisos de la Autoridad Portuaria de Castellón
a) Contribuir, en el importe anual recogido en la siguiente cláusula, a la formación
del personal adscrito al SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, a través de los
cursos de formación específica que se determinen por la Comisión de Seguimiento, con
la finalidad de asegurar la permanente adaptación de las técnicas más modernas de
actuación frente a cualquier intervención a realizar por el SPEIS del Ayuntamiento de
Castellón de la Plana en el Puerto de Castellón, redundando con ello en un mayor nivel
de las condiciones de seguridad y eficiencia en la gestión de las emergencias. El objetivo
principal de esta formación estará orientada al conocimiento teórico y práctico de
cualquiera de los aspectos relacionados con la actividad portuaria, en la intervención en
buques, en el salvamento de personas, tanto en ámbito terrestre como marítimo, la lucha
contra la contaminación marítima, en la dirección de las emergencias y en la intervención
en las instalaciones terrestres convencionales y especializadas, especialmente aquellas
afectadas por la legislación de accidentes mayores y con existencia de riesgo químico.
También será de interés la formación relativa a la intervención en medios de transporte
de mercancías peligrosas (terrestre, ferroviaria y marítima).
b) Poner a disposición del SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana las
redes contraincendios de la Autoridad Portuaria, así como material para la conexión con
los buques e incluso material de extinción específico.
c) Poner a disposición del SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plan, de un
pañol y amarre de embarcaciones, de forma que se asegure la operatividad de sus
unidades de salvamento, rescate marítimo y de playas.
d) Promover y organizar ejercicios y simulacros, tanto en tierra como en mar,
incluyendo en los mismos, cuando proceda, la activación adicional del Plan de
Autoprotección de las diferentes empresas instaladas dentro del recinto portuario.
e) Promover y organizar visitas a empresas instaladas en el recinto portuario o a
buques atracados o fondeados en aguas del puerto.
f) Facilitar, con ocasión de cada intervención, información relativa a la ubicación de
mercancías incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 145/1989, de 20 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y
Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.
g) Proporcionar documentos de localización e identificación de las diferentes
industrias SEVESO o que almacenan mercancías peligrosas, de forma que se disponga
de una información actualizada de la tipología de riesgos inherentes a cada actividad,
para poder hacer frente a servicios preventivos o de intervención ante emergencias.
h) Contribuir, en el importe anual recogido en la siguiente cláusula, a la adquisición
y al adecuado mantenimiento de los medios materiales del SPEIS del Ayuntamiento de
Castellón de la Plana específicos y adecuados ante las incidencias o emergencias que
se puedan producir en la zona de servicio del puerto. Todos los materiales y/o equipos
de intervención que se detallan, podrán estar depositados y almacenados en la zona de
servicio del puerto o en las instalaciones municipales que resulten más adecuadas en
cada caso, pudiéndose utilizar por el SPEIS en la ciudad de Castellón, en aquellas
situaciones de emergencia que activen el correspondiente PEE, PLATEMCAS o Planes
Territoriales de Protección Civil y emergencias o, en general, frente a emergencias en su
ámbito de actuación, dando cuenta en el tiempo y forma que se establezca a la Comisión
de Seguimiento previa comunicación a la persona de enlace con la Comisión de
Seguimiento. De forma no exhaustiva, y de acuerdo con lo que se determine por la
Comisión de Seguimiento, se atenderá a la financiación de las siguientes necesidades:
a. Materiales. Colaboración en la adecuación o adquisición de vehículo y/o
equipamiento destinado a lucha contra siniestros y emergencias con presencia de riesgo
químico.
cve: BOE-A-2025-2848
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de Castellón adquiere los siguientes compromisos: