Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2848)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, para el ejercicio de las respectivas competencias en protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20322

Es por ello, que con el fin de conseguir un mejor aprovechamiento de sus esfuerzos
en sus respectivas competencias, ambas partes desean colaborar mediante la firma del
presente convenio y fijan las siguientes estipulaciones.
ESTIPULACIONES
Primera.

Protocolo Colaboración SPEIS-APC.
I.

Objeto

El objeto del presente convenio pretende regular las condiciones para la correcta
colaboración entre el SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana y la Autoridad
Portuaria de Castellón, en el ejercicio de sus respectivas competencias, con los
siguientes objetivos:
a) Liderar e integrar el Grupo de Intervención previsto en el PEI/PAU de la APC,
cuando la emergencia lo requiera, como Unidad Básica de Intervención Directa y
Evacuación.
b) Intensificar la colaboración técnica entre la APC y el SPEIS del Ayuntamiento de
Castellón de la Plana para elevar y garantizar la seguridad en la Zona de Servicio del
Puerto, y consecuentemente en las zonas limítrofes.
c) Establecer los mecanismos que favorezcan el fomento del conocimiento y
revisión preventiva de las instalaciones contra incendios y de seguridad del Puerto y de
la concesiones e instalaciones portuarias, la formación de los equipos humanos, así
como la utilización y adaptación de los medios materiales necesarios para una adecuada
intervención.
d) Gestionar las situaciones de emergencia vinculadas a protección civil,
prevención y extinción de incendios y salvamento para garantizar todo aquello que prevé
el Plan de Emergencia Interior/Plan de Autoprotección del Puerto de Castellón, con la
finalidad esencial de aumentar el nivel de gestión de emergencias en el puerto y,
consecuentemente en el resto de la ciudad.
e) Poder disponer del personal especializado en seguridad y emergencias, afecto a
ambas organizaciones, en aquellas situaciones que sea necesaria su participación de
acuerdo con los protocolos de movilización dispuesto en el Plan Territorial Municipal
frente a Emergencias de Castellón (PLATEMCAS) y en el PAU/PEI/PEE del Puerto de
Castellón.

El SPEIS del Ayuntamiento de Castellón de la Plana colaborará en servicios
preventivos y de formación contra incendios y emergencias, revisión preventiva y
familiarización con las instalaciones de protección contra incendios, así como en la
extinción de incendios, salvamento y emergencias que se puedan materializar en el
Puerto de Castellón, liderando el Grupo de Intervención previsto en el PEI/PAU de la
APC, cuando la situación lo requiera.
Quedan excluidas del presente convenio las actuaciones para el control de las
situaciones de emergencia que puedan darse en el interior de las instalaciones
industriales en régimen de concesión cuyos titulares estén obligados por la legislación
vigente a disponer de sistemas de autoprotección dotados de sus propios medios, entre
las cuales se encuentran las empresas sujetas a las disposiciones correspondientes a
las Directivas SEVESO, Real Decreto 840/2015, etc. En el caso de la existencia de
Pactos de Ayuda Mutua entre el Puerto de Castellón y las empresas acogida a estos
Pactos, el presente convenio le serviría de cobertura, previo informe favorable de la
Comisión de Seguimiento del presente convenio, sin menoscabo de la suscripción de los
acuerdos de colaboración que se puedan derivar, entre las empresas interesadas y el
Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

cve: BOE-A-2025-2848
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II. Alcance