Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-2862)
Orden SND/147/2025, de 7 de febrero, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20618

2.º Las personas integrantes de los órganos de selección que lleven a cabo las
pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo público para cubrir plazas de
personal adscrito al Departamento.
g)

En la persona titular de la Secretaría General Técnica respecto:

1.º Del personal a su cargo.
2.º De los/as consejeros/as de la Representación Permanente de España ante la
Unión Europea, reciban o no sus retribuciones con cargo al presupuesto del Ministerio de
Sanidad, que deban participar en reuniones o actividades dentro de grupos de trabajo u
órganos colegiados del Departamento, y siempre que hayan sido oficialmente
convocados por el mismo.
h) En las personas titulares de las direcciones generales de la Secretaría de Estado
de Sanidad directamente dependientes, en relación con el personal de sus respectivos
órganos.
i) En la persona titular del Comisionado de Salud Mental, respecto del personal
adscrito a dicho centro directivo.
j) En la persona titular de la Subdirección General de Formación y Ordenación
Profesional las necesarias para el desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo por los
órganos asesores en materia de formación sanitaria especializada, así como las
necesarias para la gestión, tramitación y desarrollo de los procedimientos de acceso
para la obtención y, en su caso, reconocimiento de los títulos oficiales vinculados al
ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas y reguladas.
Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en materia de las solicitudes de acceso
a la información contempladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica la resolución de
las solicitudes planteadas en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que estén dentro de su
ámbito de competencias.
2. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Atención a la
Ciudadanía e Inspección General de Servicios el ejercicio de las siguientes
competencias:
a) La resolución de las solicitudes de acceso a la información efectuadas en virtud
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno, atribuidas al ámbito de la Subsecretaría de Sanidad, siempre que
proceda resolver su inadmisión en los casos siguientes:

b) La resolución de las solicitudes de acceso a la información que, atribuidas al
Ministerio de Sanidad en virtud de la mencionada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se
encuentren en los siguientes supuestos:
1.º Las solicitudes sobre materias que tengan previsto un régimen jurídico
específico de acceso a la información.
2.º Las solicitudes que tengan por objeto información o acceso a documentos que
formen parte de un procedimiento administrativo, cuando la persona solicitante tenga la
condición de interesada.

cve: BOE-A-2025-2862
Verificable en https://www.boe.es

1.º Cuando se trate de solicitudes dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la
información, y se desconozca el competente.
2.º Cuando se trate de solicitudes que sean manifiestamente repetitivas o tengan
un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de la ley.
3.º Cuando se planteen respecto de sujetos o ámbitos no incluidos en el ámbito de
aplicación de la citada Ley 19/2013, de 9 de diciembre.