Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-2770)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
J.
Sec. III. Pág. 20119
Objetivos específicos: 1 %.
Este apartado del Programa de actividades va destinado a dar acogida cada año a
determinados objetivos, caracterizados por su especificidad basada en su temática, en
su ejecución temporal, en su concreción, en función de las necesidades de gestión o
control existentes en cada momento.
Se pretende potenciar objetivos orientados hacia la modernización de procesos
informáticos, a la implantación de técnicas sanitarias tales como telemedicina,
interconsultas, diagnósticos de alta resolución, consultas on-line, control de determinados
colectivos concretos con una casuística elevada, etc.
Podría acoger, por otra parte, acciones de coordinación necesarias y urgentes y
estrategias de gestión del conocimiento. Así como pilotar, en fase experimental,
determinados proyectos que una vez consolidados puedan generalizarse en el sistema.
II.
Objetivos de racionalización del gasto
El 40 % del crédito asignado a la Comunidad Autónoma queda condicionado al
cumplimiento de los Objetivos de racionalización del gasto que a continuación se especifican:
A los efectos del presente convenio, se tendrá en cuenta el coste, la prevalencia y la
incidencia de la prestación de IT derivada de contingencias comunes de todo el Sistema
de la Seguridad Social, quedando excluidos expresamente los procesos cubiertos por las
empresas que colaboran voluntariamente en la gestión de la Seguridad Social.
A. Indicador: Coste/afiliado/mes: 16 %.
El objetivo de reducción del gasto de IT por contingencias comunes en la Comunidad
Autónoma se dirige a propiciar que, durante la vigencia del presente convenio, en su
territorio se alcance un gasto de la prestación económica señalada, medido en términos
de coste/afiliado/mes.
B.
Indicador sobre incidencia: 8 %.
Este indicador refleja el número de procesos de IT iniciados por cada 1000 afiliados.
Con él se analiza el comportamiento de los servicios de atención primaria de esta
Comunidad.
C.
Indicador sobre prevalencia: 16 %.
Este indicador refleja el número de procesos en vigor por cada 1000 afiliados.
Con él se pone de manifiesto la permanencia de los procesos de IT en el momento
analizado.
Valoración de los Objetivos de racionalización del gasto.
El cumplimiento de estos objetivos exigirá la reducción del valor alcanzado en este
ejercicio, comparado, en términos de homogeneidad, con el obtenido en igual periodo del
año anterior y en su defecto comparándolo con el valor alcanzado por la media nacional.
Todo ello según se desprenda del contenido de las bases de cotización del INSS.
El INSS facilitará a la Comunidad Autónoma el valor alcanzado al final de cada
ejercicio, en estos indicadores:
– Coste/afiliado/mes valor real.
– Coste /afiliado/mes valor corregido.
cve: BOE-A-2025-2770
Verificable en https://www.boe.es
a. Criterios de valoración comunes: La valoración de los objetivos de coste/
afiliado/mes, incidencia y prevalencia se llevará a cabo poniendo su comportamiento en
comparación con su propia trayectoria y alternativamente con el comportamiento de los
valores alcanzados por las demás CC. AA. e INGESA.
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
J.
Sec. III. Pág. 20119
Objetivos específicos: 1 %.
Este apartado del Programa de actividades va destinado a dar acogida cada año a
determinados objetivos, caracterizados por su especificidad basada en su temática, en
su ejecución temporal, en su concreción, en función de las necesidades de gestión o
control existentes en cada momento.
Se pretende potenciar objetivos orientados hacia la modernización de procesos
informáticos, a la implantación de técnicas sanitarias tales como telemedicina,
interconsultas, diagnósticos de alta resolución, consultas on-line, control de determinados
colectivos concretos con una casuística elevada, etc.
Podría acoger, por otra parte, acciones de coordinación necesarias y urgentes y
estrategias de gestión del conocimiento. Así como pilotar, en fase experimental,
determinados proyectos que una vez consolidados puedan generalizarse en el sistema.
II.
Objetivos de racionalización del gasto
El 40 % del crédito asignado a la Comunidad Autónoma queda condicionado al
cumplimiento de los Objetivos de racionalización del gasto que a continuación se especifican:
A los efectos del presente convenio, se tendrá en cuenta el coste, la prevalencia y la
incidencia de la prestación de IT derivada de contingencias comunes de todo el Sistema
de la Seguridad Social, quedando excluidos expresamente los procesos cubiertos por las
empresas que colaboran voluntariamente en la gestión de la Seguridad Social.
A. Indicador: Coste/afiliado/mes: 16 %.
El objetivo de reducción del gasto de IT por contingencias comunes en la Comunidad
Autónoma se dirige a propiciar que, durante la vigencia del presente convenio, en su
territorio se alcance un gasto de la prestación económica señalada, medido en términos
de coste/afiliado/mes.
B.
Indicador sobre incidencia: 8 %.
Este indicador refleja el número de procesos de IT iniciados por cada 1000 afiliados.
Con él se analiza el comportamiento de los servicios de atención primaria de esta
Comunidad.
C.
Indicador sobre prevalencia: 16 %.
Este indicador refleja el número de procesos en vigor por cada 1000 afiliados.
Con él se pone de manifiesto la permanencia de los procesos de IT en el momento
analizado.
Valoración de los Objetivos de racionalización del gasto.
El cumplimiento de estos objetivos exigirá la reducción del valor alcanzado en este
ejercicio, comparado, en términos de homogeneidad, con el obtenido en igual periodo del
año anterior y en su defecto comparándolo con el valor alcanzado por la media nacional.
Todo ello según se desprenda del contenido de las bases de cotización del INSS.
El INSS facilitará a la Comunidad Autónoma el valor alcanzado al final de cada
ejercicio, en estos indicadores:
– Coste/afiliado/mes valor real.
– Coste /afiliado/mes valor corregido.
cve: BOE-A-2025-2770
Verificable en https://www.boe.es
a. Criterios de valoración comunes: La valoración de los objetivos de coste/
afiliado/mes, incidencia y prevalencia se llevará a cabo poniendo su comportamiento en
comparación con su propia trayectoria y alternativamente con el comportamiento de los
valores alcanzados por las demás CC. AA. e INGESA.