Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-2770)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
B.
Sec. III. Pág. 20114
Aplicación de tablas de duración optima: 3 %.
El SPS dotará, a través de los procedimientos informáticos adecuados a sus médicos
de Atención Primaria de tablas de duración estándar elaboradas y facilitadas por el
INSS, en las que se reflejen los tiempos estándar de duración de cada uno de los
diagnósticos más frecuentes generadores de situaciones de IT y los factores de
corrección a aplicar teniendo en cuenta la edad, el sexo y la ocupación del trabajador
para poder calcular el tiempo óptimo en cada proceso. Estas tablas, que servirán como
instrumento y como respaldo técnico a los médicos de Atención Primaria, podrán
variarse a lo largo del tiempo. La edición de las nuevas tablas se efectuará por el INSS.
En este apartado se valorará expresamente no sólo la incorporación de las tablas
mencionadas en el apartado anterior a los sistemas informáticos de la Comunidad
Autónoma, sino que también se valorará la implantación de avisos y alarmas de ayuda al
facultativo de Atención Primaria que debe expedir los partes de confirmación cuando se
haya sobrepasado la duración óptima del proceso; incluyendo, así mismo, la necesidad
de justificación expresa por dicho facultativo de las causas que hayan llevado al
mantenimiento del proceso.
Además de tener las tablas instaladas y adaptadas a la CIE-10 (en torno a 4.300
códigos distintos, todos ellos con tiempo estándar), los SPS deben utilizarlas para
codificar los diagnósticos que motivan los procesos de IT en lugar de tener abierta la
posibilidad de utilizar los más de 80.000 códigos diferentes de la CIE-10, de los cuales
en torno a 76.000 no tienen tiempo estándar.
Para poder participar del crédito será necesario tener integradas las tablas de
duración estándar de los diagnósticos y de los factores de corrección facilitadas por el
INSS, adaptadas a la tabla CIE-10 en los programas informáticos, debiendo ser
utilizadas por el SPS para codificar los diagnósticos de los procesos de IT.
El SPS de la Comunidad debe establecer y remitir al INSS un plan de acción en el
que se fijen las actuaciones a seguir en aquellos procesos de IT que han superado la
duración óptima prefijada, incluyendo también un listado que harán llegar a cada médico,
con la periodicidad que se fije anualmente en los criterios de valoración, con la relación
del total de personas en IT, la duración estándar en cada caso y los días en exceso
(superado el tiempo óptimo) que correspondan a cada proceso.
Análisis Predictivo: 3 %.
El INSS hará participe al SPS de la Comunidad Autónoma de Cantabria de los
resultados de la herramienta predictiva que se disponga y que se venga empleando en
este Instituto para que, por medio de este instrumento de analítica predictiva, que
combina una gran cantidad de variables que inciden en los procesos de IT (duración,
sexo, edad, patología, ocupación etc.), pueda la Inspección Médica del SPS seleccionar
aquellos procesos que requieran una valoración clínica por parte de dicha Inspección
Médica, para mantener o no la situación de incapacidad temporal. A la vez podrán
descartarse aquellos procesos en los que la herramienta, analizando las citadas
variables, predice que aún no es necesario su control.
Para ello, el INSS enviará periódicamente al SPS los procesos de IT seleccionados
mediante la herramienta predictiva susceptibles de ser valorados y citados a
reconocimiento, en función de índices provincializados del INSS, de manera que la
Inspección Médica del SPS y/o los facultativos del SPS realicen actuaciones concretas
en las valoraciones/reconocimientos de esos trabajadores en IT.
Por su parte, el SPS facilitará información sobre las actuaciones/reconocimientos
realizados, así como el resultado efectivo de los mismos.
Los criterios de ponderación a aplicar en este objetivo serán los siguientes:
1.º Porcentaje de respuesta del SPS al número de procesos enviados.
2.º Tiempo de respuesta a los procesos enviados.
3.º Resultado de los controles efectuados.
cve: BOE-A-2025-2770
Verificable en https://www.boe.es
C.
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
B.
Sec. III. Pág. 20114
Aplicación de tablas de duración optima: 3 %.
El SPS dotará, a través de los procedimientos informáticos adecuados a sus médicos
de Atención Primaria de tablas de duración estándar elaboradas y facilitadas por el
INSS, en las que se reflejen los tiempos estándar de duración de cada uno de los
diagnósticos más frecuentes generadores de situaciones de IT y los factores de
corrección a aplicar teniendo en cuenta la edad, el sexo y la ocupación del trabajador
para poder calcular el tiempo óptimo en cada proceso. Estas tablas, que servirán como
instrumento y como respaldo técnico a los médicos de Atención Primaria, podrán
variarse a lo largo del tiempo. La edición de las nuevas tablas se efectuará por el INSS.
En este apartado se valorará expresamente no sólo la incorporación de las tablas
mencionadas en el apartado anterior a los sistemas informáticos de la Comunidad
Autónoma, sino que también se valorará la implantación de avisos y alarmas de ayuda al
facultativo de Atención Primaria que debe expedir los partes de confirmación cuando se
haya sobrepasado la duración óptima del proceso; incluyendo, así mismo, la necesidad
de justificación expresa por dicho facultativo de las causas que hayan llevado al
mantenimiento del proceso.
Además de tener las tablas instaladas y adaptadas a la CIE-10 (en torno a 4.300
códigos distintos, todos ellos con tiempo estándar), los SPS deben utilizarlas para
codificar los diagnósticos que motivan los procesos de IT en lugar de tener abierta la
posibilidad de utilizar los más de 80.000 códigos diferentes de la CIE-10, de los cuales
en torno a 76.000 no tienen tiempo estándar.
Para poder participar del crédito será necesario tener integradas las tablas de
duración estándar de los diagnósticos y de los factores de corrección facilitadas por el
INSS, adaptadas a la tabla CIE-10 en los programas informáticos, debiendo ser
utilizadas por el SPS para codificar los diagnósticos de los procesos de IT.
El SPS de la Comunidad debe establecer y remitir al INSS un plan de acción en el
que se fijen las actuaciones a seguir en aquellos procesos de IT que han superado la
duración óptima prefijada, incluyendo también un listado que harán llegar a cada médico,
con la periodicidad que se fije anualmente en los criterios de valoración, con la relación
del total de personas en IT, la duración estándar en cada caso y los días en exceso
(superado el tiempo óptimo) que correspondan a cada proceso.
Análisis Predictivo: 3 %.
El INSS hará participe al SPS de la Comunidad Autónoma de Cantabria de los
resultados de la herramienta predictiva que se disponga y que se venga empleando en
este Instituto para que, por medio de este instrumento de analítica predictiva, que
combina una gran cantidad de variables que inciden en los procesos de IT (duración,
sexo, edad, patología, ocupación etc.), pueda la Inspección Médica del SPS seleccionar
aquellos procesos que requieran una valoración clínica por parte de dicha Inspección
Médica, para mantener o no la situación de incapacidad temporal. A la vez podrán
descartarse aquellos procesos en los que la herramienta, analizando las citadas
variables, predice que aún no es necesario su control.
Para ello, el INSS enviará periódicamente al SPS los procesos de IT seleccionados
mediante la herramienta predictiva susceptibles de ser valorados y citados a
reconocimiento, en función de índices provincializados del INSS, de manera que la
Inspección Médica del SPS y/o los facultativos del SPS realicen actuaciones concretas
en las valoraciones/reconocimientos de esos trabajadores en IT.
Por su parte, el SPS facilitará información sobre las actuaciones/reconocimientos
realizados, así como el resultado efectivo de los mismos.
Los criterios de ponderación a aplicar en este objetivo serán los siguientes:
1.º Porcentaje de respuesta del SPS al número de procesos enviados.
2.º Tiempo de respuesta a los procesos enviados.
3.º Resultado de los controles efectuados.
cve: BOE-A-2025-2770
Verificable en https://www.boe.es
C.