Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2762)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de mejora y acondicionamiento de la carretera de servicio del canal de la margen derecha del regadío del Valle de Lemos (Lugo), entre la carretera LU-546 y la LU-617.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Jueves 13 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20048

Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexto.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley de Aguas, cuyo texto
refundido se aprobó por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que en el artículo 71.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 73 y siguientes del reglamento que desarrolla
la citada ley, aprobado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, se establece la
posibilidad de que los bienes y derechos demaniales de la Administración General del
Estado y sus organismos públicos puedan afectarse a otras Administraciones Públicas
para destinarlos a un determinado uso o servicio público de su competencia, figura
conocida como mutación demanial interadministrativa.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el
Ayuntamiento de Monforte de Lemos estiman necesario establecer una fórmula
coordinada para la ejecución y posterior entrega para su explotación, mantenimiento y
conservación.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones que regirán la
financiación, ejecución y posterior entrega para el mantenimiento y conservación de las
obras de «Mejora y acondicionamiento de la carretera de servicio del Canal de la Margen
Derecha del regadío del Valle de Lemos (Lugo)» entre la carretera LU-546 y la carretera
LU-617.
Duración, modificación y extinción del convenio.

1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración
de cuatro años.
En caso de que en ese plazo no hayan finalizado las actuaciones objeto del mismo ni
se haya procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del
plazo de garantía y entrega de las obras, los otorgantes podrán acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2025-2762
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.