Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2732)
Resolución de 22 de enero de 2025, conjunta de la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 19771
3.2 El cumplimiento de los requisitos deberá estar referido a una fecha anterior al
vencimiento del plazo establecido para solicitar la participación en el concurso y
mantenerse una vez realizada la toma de posesión.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM, disponible en la siguiente dirección: https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3.
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Para el cómputo de plazos se entenderán como inhábiles, además de los previstos
legalmente, los periodos declarados como tal por resolución de la UCLM.
4.4 Las personas aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, acreditando los requisitos de participación que se determinan en la presente
convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a dichos efectos por las
personas aspirantes en sus solicitudes, siendo responsabilidad exclusiva de estas tanto
los errores en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.6 Derechos de formación de expediente: La persona candidata no podrá
modificar las plazas solicitadas una vez seleccionada la opción de pago. Tras
cumplimentar la solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de
convocatorias, la persona aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por
derechos de formación de expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al
artículo 366 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de
Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (37,61 euros por cada plaza a la que se concurse): Mediante el
pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación
telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando. A las personas que presenten la solicitud de participación y
paguen la tasa a través de los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les
aplicará una bonificación del diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa,
conforme al artículo 368 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud. En ningún caso la realización
del pago presencial en entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión no
subsanable.
En aplicación de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y
Administrativas de Castilla-La Mancha, las personas que presenten la solicitud de
participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría
general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía
correspondiente.
cve: BOE-A-2025-2732
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 19771
3.2 El cumplimiento de los requisitos deberá estar referido a una fecha anterior al
vencimiento del plazo establecido para solicitar la participación en el concurso y
mantenerse una vez realizada la toma de posesión.
4.
Solicitudes
4.1 La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la
aplicación de convocatorias de la UCLM, disponible en la siguiente dirección: https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3.
4.2 Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la plaza o plazas a las
que se opta. Cuando alguna de las personas participantes presentase en plazo más de
una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo
anuladas de oficio las restantes.
4.3 El plazo para realizar la solicitud es de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Para el cómputo de plazos se entenderán como inhábiles, además de los previstos
legalmente, los periodos declarados como tal por resolución de la UCLM.
4.4 Las personas aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato
electrónico, acreditando los requisitos de participación que se determinan en la presente
convocatoria y que se detallan más adelante.
4.5 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a dichos efectos por las
personas aspirantes en sus solicitudes, siendo responsabilidad exclusiva de estas tanto
los errores en su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier
cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.6 Derechos de formación de expediente: La persona candidata no podrá
modificar las plazas solicitadas una vez seleccionada la opción de pago. Tras
cumplimentar la solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de
convocatorias, la persona aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por
derechos de formación de expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al
artículo 366 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de
Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (37,61 euros por cada plaza a la que se concurse): Mediante el
pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación
telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando. A las personas que presenten la solicitud de participación y
paguen la tasa a través de los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les
aplicará una bonificación del diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa,
conforme al artículo 368 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud. En ningún caso la realización
del pago presencial en entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación
en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión no
subsanable.
En aplicación de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y
Administrativas de Castilla-La Mancha, las personas que presenten la solicitud de
participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría
general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía
correspondiente.
cve: BOE-A-2025-2732
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38