Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2648)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Daimiel, por la que se suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19457

precisamente, la exclusión de la posibilidad de existencia de derechos privados sobre
esa concreta porción del territorio. Así, tal y como señala el registrador en su informe, en
el supuesto que ha dado lugar al presente recurso, no se ha inscrito representación
gráfica alguna, pues las notas marginales se solicitan con ocasión de las notificaciones
practicadas en cumplimiento del artículo 201.3 de la Ley Hipotecaria y, por tanto, se ha
notificado con posterioridad a la práctica de la operación registral. Distinto sería el
supuesto en el que se hubiese pretendido la inscripción de una representación gráfica ya
que en el expediente correspondiente la administración habría podido formular oposición
si efectivamente tal representación pudiera invadir el dominio público.”
Al efecto de la solicitud de nota marginal, no se pretende disputar el domino, pues
solo con el deslinde se puede hacer, sino informar de un hecho que pudiera jugar el
papel de carga oculta. Ya que existen restricciones de orden ambiental y urbanístico
derivadas de colindar con y ocupar una vía pecuaria clasificada por acto administrativo
firme, que aún no ha sido deslindada.
Por tanto, esta Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad reitera su
oposición a la inscripción solicitada, siempre que no se haga constar en el asiento la
circunstancia especial de colindar con una vía pecuaria clasificada (dominio público), tal
y como se indicó en el informe del Servicio Forestal remitido al Registro de la Propiedad
de Daimiel. Hecho que le supone a la finca estar afectada por un proceso de
recuperación posesoria del demanio público pecuario, el cual se inicia con la
clasificación, y cuya veracidad puede comprobarse en el portal “Las vías pecuarias de
Castilla-La Mancha”, de acceso libre, creado al efecto de dar publicidad al señalado
dominio público, cuyo enlace es el siguiente:
https://castillalamanchamanscam/aops/webaoov:ewer/inciexhtm/
01d=d30185b00d4d433793c12ade09b9ce72»
IV
La registradora de la Propiedad suscribió informe y elevó el expediente a este Centro
Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 24 de la Constitución Española; 1.3.º, 18, 20, 38, 40, 82, 205
y 326 de la Ley Hipotecaria; 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; el
artículo 99 del Reglamento Hipotecario; las Sentencias de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 1986 y 20 de abril de 1988; las
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 9 y 13 de
marzo, 4 de abril y 8 y 22 de mayo de 2012, 15 de enero, 22 de febrero, 7 de marzo, 3
de abril y 24 de junio de 2013, 23 de enero y 2 de octubre de 2014, 15 de marzo
de 2016, 25 de julio y 13 de noviembre de 2017, 19 de julio de 2018 y 4 de julio, 9 de
agosto y 19 de septiembre de 2019, y las Resoluciones de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 12 de marzo y 11 de diciembre de 2020, 15 de junio
y 19 de julio de 2021 y 21 de octubre de 2022.
1. La presente Resolución tiene por objeto la calificación negativa de una solicitud
de constancia registral, por nota marginal, de una posible afección de una finca por vía
pecuaria.
Son hechos relevantes para la resolución de este expediente los siguientes:
– Se trata de una solicitud de inscripción de exceso de cabida de varias fincas
registrales de Daimiel. Dicha solicitud es notificada el mismo día a la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.

cve: BOE-A-2025-2648
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 37