Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Competencias profesionales. (BOE-A-2025-2575)
Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 18853

en el Real Decreto 272/2022, de 12 de abril. Fruto del análisis de estas normas se define
el Marco de Referencia, recogido en el anexo I, y los usos y efectos de las certificaciones
derivadas del procedimiento en relación con las ofertas del Sistema de Formación
Profesional.
El presente real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, eficiencia, seguridad jurídica y transparencia. Así, el real decreto
corresponde a una razón de interés general y contiene la regulación imprescindible
necesaria para regular el procedimiento de evaluación y acreditación de las
competencias básicas sin que exista ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de
derechos o que impongan menos obligaciones a las personas destinatarias. Las cargas
administrativas del procedimiento son nulas y no se prevé en su aplicación generación
de riesgos en la gestión de los recursos públicos. El real decreto es coherente con el
resto del ordenamiento jurídico y ha sido sometido a los trámites de consulta pública
previa y de audiencia e información pública.
La presente norma se dicta al amparo del artículo 149.1, 1.ª, 7.ª y 30.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las
condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de
los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, la competencia en
legislación laboral, la regulación de las condiciones de obtención de los títulos
académicos y profesionales y de normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la
Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes
públicos en esta materia.
Asimismo, se ha tenido en cuenta el marco de distribución de competencias en la
materia, y este real decreto contempla un conjunto de disposiciones que podrán ser
aplicadas por las administraciones públicas competentes, respetando en todo caso las
competencias propias de las comunidades autónomas y las necesidades de adaptación
a sus respectivos territorios. En el proceso de elaboración de este real decreto han sido
consultados la Mesa de diálogo para la Formación Profesional, la Comisión de
Formación Profesional de la Conferencia de Educación, la Comisión Sectorial de la
Conferencia Sectorial de Formación Profesional para personas trabajadoras y el Consejo
Escolar del Estado, que emitió el Dictamen 09/2024. Han informado el Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Ministerio de Trabajo y Economía Social
y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Asimismo, ha sido sometido
al informe de los diferentes departamentos ministeriales, cuyas aportaciones se recogen
en la correspondiente Memoria de Análisis del Impacto Normativo.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de 2025,
DISPONGO:
CAPÍTULO I

Artículo 1.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. El presente real decreto tiene por objeto establecer el procedimiento para la
evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por las personas
adultas a través de la experiencia laboral, por vías no formales de formación y de
aprendizajes informales (en adelante, el procedimiento), así como sus efectos en el
marco del Sistema de Formación Profesional.

cve: BOE-A-2025-2575
Verificable en https://www.boe.es

Disposiciones generales