Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Plan Estadístico Nacional. (BOE-A-2025-2578)
Real Decreto 72/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2025 del Plan Estadístico Nacional 2025-2028.
301 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 18895

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de febrero de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación del Programa anual 2025.
Se aprueba el Programa anual 2025 de desarrollo del Plan Estadístico
Nacional 2025-2028, que queda recogido en los anexos I a VI de este real decreto.
Artículo 2. Contenido del Programa anual 2025.

Artículo 3.

Actualización del Plan Estadístico Nacional 2025-2028.

1. El Programa anual 2025 incorpora aquellas operaciones estadísticas no incluidas
inicialmente en el Plan Estadístico Nacional 2025-2028 y que deben realizarse ya sea
por exigencia de la normativa europea, por cambios en la legislación nacional o por
razones de urgencia. Estas estadísticas se considerarán automáticamente dadas de alta
en el Plan Estadístico Nacional 2025-2028.
2. Asimismo, en el Programa anual 2025 se indica qué operaciones estadísticas
incluidas en el Plan Estadístico Nacional 2025-2028 han dejado de realizarse. Estas

cve: BOE-A-2025-2578
Verificable en https://www.boe.es

1. El Programa anual 2025 consta de seis anexos y contiene las estadísticas para
fines estatales que han de elaborarse en dicho año por los servicios estadísticos de la
Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o
dependientes.
2. En el anexo I se incluyen las actuaciones estratégicas y operativas que está
previsto realizar en 2025 para cumplir con lo establecido en el anexo I del Plan
Estadístico Nacional 2025-2028, dedicado a las líneas estratégicas 2025-2028.
3. En el anexo II figura la relación de operaciones estadísticas que forman parte del
Programa anual 2025, clasificadas por sector o tema y por organismo responsable de su
ejecución.
4. En el anexo III se detallan, para cada una de las operaciones estadísticas
incluidas en el Programa anual 2025: los organismos que intervienen en su elaboración,
los trabajos concretos que se efectuarán durante el año y la participación de los
diferentes organismos en su realización, las actividades nuevas que se van a desarrollar
en el año para reducir las cargas soportadas por las unidades informantes y la previsión
de los créditos presupuestarios necesarios para su financiación y que, a tal efecto, deben
tenerse en cuenta en los presupuestos generales del Estado. También se incluye en este
anexo la definición de los conceptos anteriores y los códigos utilizados.
5. El anexo IV contiene el programa de inversiones previsto en 2025 para mejorar y
renovar los medios de todo tipo precisos para el desarrollo de la función estadística
financiado con cargo al capítulo 6 de los presupuestos de gastos del Estado. También se
facilita en este anexo un resumen de las estimaciones de los créditos presupuestarios
necesarios para financiar las operaciones estadísticas en el año 2025 por capítulos
presupuestarios y organismo responsable de su ejecución.
Los compromisos de gastos asumidos por los departamentos ministeriales y sus
organismos estarán, en todo caso, condicionados por las disponibilidades que
establezca la ley de presupuestos generales del Estado.
6. El anexo V proporciona información complementaria para el seguimiento del Plan
Estadístico Nacional 2025-2028, especificándose las altas, bajas y modificaciones de
operaciones estadísticas que se incorporan a dicho plan mediante el Programa
anual 2025. Se incluye también una estimación del ahorro en costes del Programa
anual 2025.
7. El anexo VI recoge el calendario de difusión de las operaciones estadísticas que
van a publicar resultados en 2025 para cada organismo responsable de su ejecución.