Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2564)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se dictan los procedimientos a seguir para la evaluación de la prueba de idoneidad para la obtención de los títulos profesionales de la marina mercante de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda Clase y Oficial Electrotécnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Martes 11 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18752

2. El número de preguntas concretas en los que se divide cada bloque de la prueba
de idoneidad y su valoración será la siguiente:
I. El bloque sobre la experiencia en el empleo tendrá una puntuación máxima
de 2; 1 punto como máximo por cada una de las dos preguntas de este bloque.
El tribunal, para evaluar este bloque, contará con toda la documentación presentada
para la admisión a la prueba de idoneidad, que acredite que el aspirante cumple con
todos los requisitos exigidos para la expedición de los títulos profesionales de que se
trate.
II. El bloque sobre competencias tendrá una puntuación máxima de 12 puntos, que
se repartirán de la siguiente manera atendiendo a cada titulación profesional:
a) Piloto de Segunda de la Marina Mercante:
Tres preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de navegación segura con
una puntuación máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 3.
Una pregunta por cada una de las nueve competencias restantes del anexo I con una
puntuación máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 9.
b)

Oficial de Máquina de Segunda de la Marina Mercante:

Dos preguntas sobre el mantenimiento de una guardia de máquinas segura con una
puntuación máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 2.
Una pregunta por cada una de las diez competencias restantes del anexo II con una
puntuación máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 10.
c)

Oficial Electrotécnico de la Marina Mercante.

Una pregunta por cada una de las competencias del anexo III, con una puntuación
máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 12.
d)

Oficial Radioelectrónico de Segunda Clase de la Marina Mercante.

3. Las respuestas dadas por los aspirantes a cada una de las preguntas serán
evaluadas, conforme a los criterios de evaluación previamente establecidos, de forma
independiente por cada uno de los miembros del tribunal, los cuales emitirán y dejarán
registrada por escrito su valoración. La puntuación final de cada una de las preguntas se
obtendrá mediante la media aritmética de las puntuaciones individuales de los miembros
del tribunal.
4. Las preguntas se calificarán de la siguiente manera: de 0 a 0,7 puntos se
valorará la corrección de la respuesta, 0,2 puntos adicionales si se hace uso de un
lenguaje técnico correcto y 0,1 puntos adicionales si en la contestación a la pregunta se
incluyen referencias normativas que apoyen la respuesta.
5. Cuando algún aspirante obtenga una puntuación inferior a 0,5 en una
competencia, el tribunal podrá realizar otra pregunta que se puntuará de la misma forma
descrita arriba. En estos casos, solo se tendrá en cuenta la puntuación más alta obtenida
en esa competencia.

cve: BOE-A-2025-2564
Verificable en https://www.boe.es

Dos preguntas sobre cada una de las competencias sobre las guardias de radio, total
cuatro preguntas, con una puntuación máxima de 1 por cada pregunta. Puntuación
máxima total, 4.
Una pregunta por cada una de las ocho competencias restantes del anexo IV con
una puntuación máxima de 1 punto por pregunta. Puntuación máxima total, 8.
En los anexos II, III y IV se resume lo anterior mediante tablas que incluyen las
materias de las competencias de este bloque de competencias correspondientes a cada
titulación profesional, el número de preguntas que hay que realizar y su valor. Los
propios anexos servirán como modelo oficial para las evaluaciones de los aspirantes a
los títulos profesionales referidos en ellos.