Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2562)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial Electrotécnico de la marina mercante, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Martes 11 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18721

En caso de que el tamaño del archivo pdf del libro de formación sea superior a lo
indicado, se recomienda el envío al buzón electrónico de la capitanía marítima haciendo
uso de una aplicación de transferencia de archivos para enviar documentos grandes.
Deberá indicarse en este envío el nombre, apellidos y número de expediente electrónico.
Cuarta.

Solicitud de Prueba de idoneidad.

1. Los interesados en participar en los exámenes convocados solicitarán la
admisión de acuerdo con el modelo del anexo II, dirigido al presidente del tribunal de
la Capitanía correspondiente al centro de formación donde finalizaron sus estudios,
bien directamente o bien a través de lo establecido en al artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2. La inscripción en una de las convocatorias será realizada preferentemente vía
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible una única vez, por
medio del enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
titulaciones/titulos-documentacion-examenes-profesionales/matriculacion-pruebaidoneidad
3. No se admitirá más de una solicitud por convocatoria, en este sentido, sólo se
admitirá a trámite la primera solicitud por orden de fecha de registro.
Quinta. Documentación para la prueba de idoneidad.
Conforme a la base primera y cuarta de esta resolución, la documentación para la
solicitud de la prueba de idoneidad es la siguiente:
1. Solicitud (anexo II de esta resolución).
2. Documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor.
3. Una fotografía reciente del interesado, semejante a las exigidas para el
documento nacional de identidad.
4. Certificado de prácticas obligatorias admitidas.
Sexta. Lugar de solicitud de realización de la prueba.
Tanto la solicitud de la admisión de prácticas validas, como la solicitud de admisión a
la prueba de idoneidad deberán realizarse en la capitanía marítima correspondiente al
centro universitario donde cursó sus estudios, salvo que por las siguientes razones
justificadas tenga que solicitarlo en otra capitanía marítima distinta:

Séptima.

Número de convocatorias y lugares de celebración.

1. Las pruebas se realizarán dentro del año 2025 en dos convocatorias
ordinarias, una por cada semestre del año. Estas serán establecidas por los centros a
principios de año.

cve: BOE-A-2025-2562
Verificable en https://www.boe.es

i. Cursar estudios de FP o universitarios en el ámbito territorial de otra capitanía,
adjuntar matrícula.
ii. Residencia, adjuntar empadronamiento.
iii. Por razón de contrato de trabajo, adjuntar contrato.
iv. No exista convocatoria en ese semestre en la capitanía donde finalizó los
estudios. No es necesario aportar ningún documento.