Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2025-2562)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas de idoneidad profesional para la obtención de los títulos de Piloto de Segunda, Oficial de Máquinas de Segunda, Oficial Radioelectrónico de Segunda y Oficial Electrotécnico de la marina mercante, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Martes 11 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18720

2. En los anexos III y IV de esta resolución, se detallan los requisitos necesarios a
efectos de ser admitidos a las pruebas de idoneidad que previamente deben cumplir los
alumnos.
3. En el anexo III se recogen los requisitos para aquellos alumnos que hayan
comenzado sus embarques antes del 13 de mayo de 2022.
4. En el anexo IV se recogen los requisitos para aquellos alumnos que hayan
comenzado sus embarques el 13 de mayo de 2022 o posteriormente.
5. Aquellos que reúnan los requisitos indicados en los anexos III y IV según
corresponda, se les emitirá un Certificado de prácticas obligatorias admitidas. La
admisión de las prácticas como válidas y la expedición del correspondiente certificado
será llevada a cabo por el tribunal supervisor. El modelo de certificado será el indicado
en el anexo VI en formato electrónico.
Segunda.

Solicitud de admisión de prácticas válidas.

1. Los interesados en solicitar la admisión de prácticas válidas solicitarán la
admisión de acuerdo con el modelo del anexo I, dirigido al presidente del tribunal de la
Capitanía correspondiente al centro de formación donde finalizaron sus estudios, bien
directamente o bien a través de lo establecido en al artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
2. Las solicitudes de admisión de prácticas válidas serán realizadas preferentemente
vía sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
titulaciones/titulos-documentacion-examenes-profesionales/admision-practicas-accederprueba-idoneidad
Tercera.

Documentación para la admisión de las prácticas válidas.

1. Solicitud (anexo I de esta resolución).
2. Documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor.
3. Una fotografía reciente del interesado, semejante a las exigidas para el
documento nacional de identidad.
4. Título académico o credencial sustitutoria del título requerido específicamente en
el Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, para la obtención del título profesional
correspondiente.
5. Libro Registro de Formación. Se escanearán sus páginas y adjuntaran a la
solicitud y el día del examen deberá presentarse el libro físicamente.
6. Libreta de Navegación marítima con los enroles y desenroles.
7. Anexo III de la Orden de 21 de junio de 2001: declaración de los embarques
realizados.
8. Anexo IV de la Orden de 21 de junio de 2001: certificado de empresa de cada
embarque realizado.
9. Certificado que acredita los cometidos relacionados con la guardia de puente o
máquinas, según corresponda con los modelos de la Resolución de 26 de junio de 2018.
Durante la cumplimentación en la sede electrónica ha de tenerse en cuenta las
siguientes limitaciones al cargar los documentos:
– Tamaño máximo por cada documento: 9 MB.
– Tamaño máximo de todos los ficheros por registro en la solicitud: 15 MB.

cve: BOE-A-2025-2562
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a la base primera y segunda de esta resolución, la documentación para la
solicitud del certificado de admisión de prácticas válidas es la siguiente: