Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-2475)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plantas solares fotovoltaicas híbridas Azután I 71,976 MWp/60 MWn, Azután II 71,976 MWp/60 MWn y Azután III 71,976 MWp/60 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Alcolea de Tajo y Calera y Chozas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18250
Por otro lado, el proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea
ES030MSBT030.015, denominada «Talavera», actualmente en buen estado cuantitativo
y químico según el plan hidrológico vigente. La Confederación Hidrográfica del Tajo
informa, además, de que el proyecto se encuentra en la zona de captación de la zona
sensible «EMBALSE DE VALDECAÑAS-ESCM548» y en la zona vulnerable a la
contaminación por nitratos «MADRID-TALAVERATIÉTAR-ES030_ZVULES42_5», todas
ellas recogidas oficialmente plan hidrológico del Tajo en vigor.
El promotor analiza los caudales de escorrentía y las zonas inundables en el estudio
hidrológico y concluye que evitará la implantación de módulos en las zonas delimitadas
con velocidad de escorrentía superior a 1,20 m/s, calado superior a 0,30 m y las zonas
indicadas como zonas de inundación peligrosa, y señala que estas zonas quedarán
excluidas del proyecto. El promotor también se compromete a excluir de las zonas de
implantación las vaguadas y charcas identificadas en el estudio hidrológico.
El promotor identifica también la potencial contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas durante la fase de construcción, lo cual relaciona con el arrastre accidental
de sedimentos durante los movimientos de tierras hacia la red de drenaje y los
potenciales vertidos y derrames accidentales de sustancias contaminantes. Como
medidas, propone, durante la fase de construcción, crear una red de drenaje perimetral
alrededor de viales y plataformas, mantener intacta la red fluvial actual, situar las zonas
de acopio, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares fuera de las zonas de
influencia directa de los arroyos e instalar barreras de retención de sedimentos y balsas
de depuración.
La Confederación Hidrográfica del Tajo advierte que los módulos de implantación
diseñados se encuentran muy próximos a cauces fluviales, por lo que señala una serie
de medidas de protección de aguas, que el promotor en su respuesta acepta y que se
reflejan en el condicionado de esta resolución. Entre estas medidas, se considera
necesario el balizamiento de las charcas y zonas húmedas en el ámbito de estudio, para
asegurar la protección de su hidromorfología, la conservación de sus comunidades
biológicas y el mantenimiento de la calidad físico-química de sus aguas. Recuerda,
además, que determinadas actuaciones susceptibles de afectar al dominio público
hidráulico o a sus zonas de protección requerirán autorización previa del Organismo de
cuenca.
b.4
Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).
Las parcelas en las que se proyectan las plantas fotovoltaicas se encuentran
ocupadas por cultivos de cereal de secano con algunos ejemplares dispersos de encina,
que el promotor se compromete a señalar y proteger, excluyéndolos de la zona de
implantación de módulos. Además, Azután II sur y Azután III lindan por el este con zonas
de monte mediterráneo. Las líneas eléctricas de evacuación subterránea discurren en
todo momento bajo caminos existentes y terrenos agrícolas.
El promotor identifica los siguientes tipos de Hábitats de Interés Comunitario (HIC) en
el ámbito de estudio:
El estudio de impacto ambiental localiza algunos fragmentos de estos HIC en el
interior de las zonas de implantación, así como algunos interceptados por las zanjas
de canalización eléctrica.
El promotor identifica como impactos durante la fase de construcción, la eliminación
de la cubierta vegetal mediante tala y desbroce para la preparación de los terrenos
objeto de ocupación. Frente a este impacto, plantea como medida correctora, la
ejecución del plan de integración ambiental y paisajística definido en el proyecto y, como
principales medidas preventivas, el señalamiento de los ejemplares de arbolado a
cve: BOE-A-2025-2475
Verificable en https://www.boe.es
– 3170* «Estanques temporales mediterráneos» (zonas de encharcamiento temporal).
– 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.».
– 6220* «Zonas de subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea».
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18250
Por otro lado, el proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea
ES030MSBT030.015, denominada «Talavera», actualmente en buen estado cuantitativo
y químico según el plan hidrológico vigente. La Confederación Hidrográfica del Tajo
informa, además, de que el proyecto se encuentra en la zona de captación de la zona
sensible «EMBALSE DE VALDECAÑAS-ESCM548» y en la zona vulnerable a la
contaminación por nitratos «MADRID-TALAVERATIÉTAR-ES030_ZVULES42_5», todas
ellas recogidas oficialmente plan hidrológico del Tajo en vigor.
El promotor analiza los caudales de escorrentía y las zonas inundables en el estudio
hidrológico y concluye que evitará la implantación de módulos en las zonas delimitadas
con velocidad de escorrentía superior a 1,20 m/s, calado superior a 0,30 m y las zonas
indicadas como zonas de inundación peligrosa, y señala que estas zonas quedarán
excluidas del proyecto. El promotor también se compromete a excluir de las zonas de
implantación las vaguadas y charcas identificadas en el estudio hidrológico.
El promotor identifica también la potencial contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas durante la fase de construcción, lo cual relaciona con el arrastre accidental
de sedimentos durante los movimientos de tierras hacia la red de drenaje y los
potenciales vertidos y derrames accidentales de sustancias contaminantes. Como
medidas, propone, durante la fase de construcción, crear una red de drenaje perimetral
alrededor de viales y plataformas, mantener intacta la red fluvial actual, situar las zonas
de acopio, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares fuera de las zonas de
influencia directa de los arroyos e instalar barreras de retención de sedimentos y balsas
de depuración.
La Confederación Hidrográfica del Tajo advierte que los módulos de implantación
diseñados se encuentran muy próximos a cauces fluviales, por lo que señala una serie
de medidas de protección de aguas, que el promotor en su respuesta acepta y que se
reflejan en el condicionado de esta resolución. Entre estas medidas, se considera
necesario el balizamiento de las charcas y zonas húmedas en el ámbito de estudio, para
asegurar la protección de su hidromorfología, la conservación de sus comunidades
biológicas y el mantenimiento de la calidad físico-química de sus aguas. Recuerda,
además, que determinadas actuaciones susceptibles de afectar al dominio público
hidráulico o a sus zonas de protección requerirán autorización previa del Organismo de
cuenca.
b.4
Vegetación, flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).
Las parcelas en las que se proyectan las plantas fotovoltaicas se encuentran
ocupadas por cultivos de cereal de secano con algunos ejemplares dispersos de encina,
que el promotor se compromete a señalar y proteger, excluyéndolos de la zona de
implantación de módulos. Además, Azután II sur y Azután III lindan por el este con zonas
de monte mediterráneo. Las líneas eléctricas de evacuación subterránea discurren en
todo momento bajo caminos existentes y terrenos agrícolas.
El promotor identifica los siguientes tipos de Hábitats de Interés Comunitario (HIC) en
el ámbito de estudio:
El estudio de impacto ambiental localiza algunos fragmentos de estos HIC en el
interior de las zonas de implantación, así como algunos interceptados por las zanjas
de canalización eléctrica.
El promotor identifica como impactos durante la fase de construcción, la eliminación
de la cubierta vegetal mediante tala y desbroce para la preparación de los terrenos
objeto de ocupación. Frente a este impacto, plantea como medida correctora, la
ejecución del plan de integración ambiental y paisajística definido en el proyecto y, como
principales medidas preventivas, el señalamiento de los ejemplares de arbolado a
cve: BOE-A-2025-2475
Verificable en https://www.boe.es
– 3170* «Estanques temporales mediterráneos» (zonas de encharcamiento temporal).
– 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.».
– 6220* «Zonas de subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea».