Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-2475)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plantas solares fotovoltaicas híbridas Azután I 71,976 MWp/60 MWn, Azután II 71,976 MWp/60 MWn y Azután III 71,976 MWp/60 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Alcolea de Tajo y Calera y Chozas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18249
El promotor prevé retirar la cubierta vegetal en las zonas de ocupación, lo que
incrementará el riesgo de erosión y pérdida de suelo fértil. El promotor plantea la
instalación de las estructuras mediante hincado directo en el suelo, si bien no descarta
la realización de nivelaciones topográficas previas en enclaves que superen el 15 % de
pendiente del terreno.
Se plantea la restauración del 36,18 % de la superficie total ocupada de Azután I,
del 66,73 % en el caso de Azután II y el 35,42 % en el caso de Azután III; para lo cual, se
aprovecharán al máximo los suelos fértiles extraídos de las tareas de desbroce y
decapado. Además, el estudio propone el cumplimiento de buenas prácticas (gestión de
los aceites usados, realizar trabajos de mantenimiento de maquinaria fuera de las obras
en zonas habilitadas al efecto, entre otras medidas) y la realización de pequeñas obras
de drenaje superficial para evitar la aparición de regueros o cárcavas. También se
contempla el relleno inmediato de la zanja tras la instalación del tramo de línea
subterránea.
Durante la fase de explotación, las tareas de mantenimiento también producirán
compactación del suelo y posibles episodios de contaminación, si bien mejorarán las
condiciones de estabilidad del suelo tras el asentamiento de la vegetación en las
superficies restauradas. Como medidas, el promotor propone la restitución de los viales
en el caso de que exista deterioro y la implantación de un adecuado sistema de gestión
de residuos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y la Dirección General de
Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha establecen
determinadas condiciones para las obras de preparación de los terrenos objeto de
implantación. En primer lugar, consideran que la instalación de las estructuras deberá
realizarse estrictamente mediante hincado directo, sin cimentación y sin nivelación
topográfica previa, señalando que el volumen de movimientos de tierras estimado por el
promotor es excesivo y compromete la conservación de suelos, por lo que requieren la
exclusión de terrenos que superen el 12 % de pendiente y la aportación de medidas de
protección de suelos frente a la erosión en zonas de ocupación que superen el 8 %.
En segundo lugar, consideran necesario acometer la limpieza y restauración de las
zonas de trabajo inmediatamente después de la fase de obras. El promotor acepta esta
última condición, pero discrepa en el impacto señalado sobre los movimientos de tierras
necesarios y el consiguiente riesgo de erosión. En este sentido, el promotor aporta un
estudio de pendientes de mayor nivel de detalle que evidencia que no se instalarán
módulos fotovoltaicos en pendientes superiores al 12 %, aunque sí entre el 8 y el 12 %, y
se compromete a ajustar las zonas de ocupación en el proyecto constructivo, de modo
que las nivelaciones del terreno sean mínimas. Además, incorpora medidas como la
protección de la cobertura arbórea existente, el mantenimiento de vegetación, plantaciones
perimetrales de apantallamiento y restauración de taludes.
Asimismo, la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades
de Castilla considera necesaria la gestión de los excedentes de tierras conforme a
la normativa legal sectorial. El promotor se compromete a cumplir que la gestión de
excedentes cumpla esta condición.
Las medidas y condiciones expuestas por estos organismos de la Comunidad
Autónoma se trasladan al condicionado de esta resolución.
Hidrología superficial y subterránea.
El ámbito de estudio se sitúa en la Demarcación Hidrográfica del Tajo. La red
hidrológica superficial se compone de varios arroyos, todos ellos afluentes del río Tajo en
su margen derecha, entre los que destacan el arroyo de Zatiqueros, el arroyo de
Chozuelas, ambos tributarios del arroyo de Retamosa, cuyo tramo de cabecera se verá
afectado por la implantación de la PSFV Azután I (bloque sur), según la configuración
definitiva propuesta. Existen también varias vaguadas situadas en el interior de las zonas
de implantación que muestran signos de escorrentía hacia dichos arroyos, así como
charcas y lagunazos temporales.
cve: BOE-A-2025-2475
Verificable en https://www.boe.es
b.3
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18249
El promotor prevé retirar la cubierta vegetal en las zonas de ocupación, lo que
incrementará el riesgo de erosión y pérdida de suelo fértil. El promotor plantea la
instalación de las estructuras mediante hincado directo en el suelo, si bien no descarta
la realización de nivelaciones topográficas previas en enclaves que superen el 15 % de
pendiente del terreno.
Se plantea la restauración del 36,18 % de la superficie total ocupada de Azután I,
del 66,73 % en el caso de Azután II y el 35,42 % en el caso de Azután III; para lo cual, se
aprovecharán al máximo los suelos fértiles extraídos de las tareas de desbroce y
decapado. Además, el estudio propone el cumplimiento de buenas prácticas (gestión de
los aceites usados, realizar trabajos de mantenimiento de maquinaria fuera de las obras
en zonas habilitadas al efecto, entre otras medidas) y la realización de pequeñas obras
de drenaje superficial para evitar la aparición de regueros o cárcavas. También se
contempla el relleno inmediato de la zanja tras la instalación del tramo de línea
subterránea.
Durante la fase de explotación, las tareas de mantenimiento también producirán
compactación del suelo y posibles episodios de contaminación, si bien mejorarán las
condiciones de estabilidad del suelo tras el asentamiento de la vegetación en las
superficies restauradas. Como medidas, el promotor propone la restitución de los viales
en el caso de que exista deterioro y la implantación de un adecuado sistema de gestión
de residuos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y la Dirección General de
Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha establecen
determinadas condiciones para las obras de preparación de los terrenos objeto de
implantación. En primer lugar, consideran que la instalación de las estructuras deberá
realizarse estrictamente mediante hincado directo, sin cimentación y sin nivelación
topográfica previa, señalando que el volumen de movimientos de tierras estimado por el
promotor es excesivo y compromete la conservación de suelos, por lo que requieren la
exclusión de terrenos que superen el 12 % de pendiente y la aportación de medidas de
protección de suelos frente a la erosión en zonas de ocupación que superen el 8 %.
En segundo lugar, consideran necesario acometer la limpieza y restauración de las
zonas de trabajo inmediatamente después de la fase de obras. El promotor acepta esta
última condición, pero discrepa en el impacto señalado sobre los movimientos de tierras
necesarios y el consiguiente riesgo de erosión. En este sentido, el promotor aporta un
estudio de pendientes de mayor nivel de detalle que evidencia que no se instalarán
módulos fotovoltaicos en pendientes superiores al 12 %, aunque sí entre el 8 y el 12 %, y
se compromete a ajustar las zonas de ocupación en el proyecto constructivo, de modo
que las nivelaciones del terreno sean mínimas. Además, incorpora medidas como la
protección de la cobertura arbórea existente, el mantenimiento de vegetación, plantaciones
perimetrales de apantallamiento y restauración de taludes.
Asimismo, la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades
de Castilla considera necesaria la gestión de los excedentes de tierras conforme a
la normativa legal sectorial. El promotor se compromete a cumplir que la gestión de
excedentes cumpla esta condición.
Las medidas y condiciones expuestas por estos organismos de la Comunidad
Autónoma se trasladan al condicionado de esta resolución.
Hidrología superficial y subterránea.
El ámbito de estudio se sitúa en la Demarcación Hidrográfica del Tajo. La red
hidrológica superficial se compone de varios arroyos, todos ellos afluentes del río Tajo en
su margen derecha, entre los que destacan el arroyo de Zatiqueros, el arroyo de
Chozuelas, ambos tributarios del arroyo de Retamosa, cuyo tramo de cabecera se verá
afectado por la implantación de la PSFV Azután I (bloque sur), según la configuración
definitiva propuesta. Existen también varias vaguadas situadas en el interior de las zonas
de implantación que muestran signos de escorrentía hacia dichos arroyos, así como
charcas y lagunazos temporales.
cve: BOE-A-2025-2475
Verificable en https://www.boe.es
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