Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-2475)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plantas solares fotovoltaicas híbridas Azután I 71,976 MWp/60 MWn, Azután II 71,976 MWp/60 MWn y Azután III 71,976 MWp/60 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Alcolea de Tajo y Calera y Chozas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18255

En el segundo informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en respuesta a los nuevos datos y
aclaraciones aportados por el promotor, el organismo concluye que el emplazamiento
diseñado para la PSFV Azután I no garantiza la conservación de los valores ambientales
y recursos naturales, y comunica la necesidad de excluir del proyecto el emplazamiento
de dicha planta, así como la reducción de superficie, o reubicación, del sector norte de
la PSFV Azután II. Asimismo, considera que el resto de esta planta junto con la PSFV
Azután III podrían ser ambientalmente compatibles, siempre y cuando se adopten un
conjunto de medidas preventivas, correctoras y compensatorias frente a los impactos
residuales que se producirían sobre aves rapaces y aves esteparias.
Teniendo en cuenta estos informes, el promotor plantea una nueva configuración del
proyecto, de manera que:
– Excluye una superficie de 118 ha en la parte nordeste del proyecto (señalada en el
croquis adjunto), correspondientes a Azután I y sector norte de Azután II, con el objeto
de reducir la afección al hábitat estepario en dicho territorio.
– Reubica hacia el sur los módulos fotovoltaicos excluidos de Azután I y Azután II,
de la forma señalada en el croquis adjunto a esta resolución.
En respuesta a este nuevo planteamiento del proyecto, la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha emite
un informe favorable, ya que la reducción contempla las restricciones ambientales
indicadas en los informes anteriores, si bien considera que la viabilidad ambiental deberá
quedar condicionada al cumplimiento estricto de las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias señalados en dichos informes.
Como resultado del análisis técnico realizado, este órgano ambiental considera que
la configuración final de módulos fotovoltaicos propuesta por el promotor para la
construcción y puesta en funcionamiento de las PSFV Azután I, II y III, permitirá reducir
la magnitud de los impactos ambientales evaluados sobre la fauna, siempre y cuando se
incorporen en el proyecto de construcción las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias señaladas en el condicionado de esta resolución.
b.6

Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

– Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zona Especial de
Conservación (ZEC) «Ríos de la margen izquierda del Tajo y Berrocales del Tajo»
(ES5250013): Situado a 500 m al sur de Azután III. Uno de los elementos clave de este
espacio es el monte mediterráneo (con representación amplia de tipos de HIC
correspondientes a pastizales mediterráneos, bosques y matorrales esclerófilos) y la
fauna característica de este hábitat (águila imperial ibérica, águila perdicera, cigüeña
negra y lince ibérico).
– ZEPA/ZEC (ES0000168): «Llanuras de Oropesa, Lagartera y Calera y Chozas»:
Situada a unos 2 km al noroeste de Azután I. Es una zona de gran importancia para aves
esteparias y anfibios, debido a la abundancia de charcas con vegetación natural.
– ZEPA/ZEC (ES0000169) «Río Tajo en Castrejón, Islas de Malpica de Tajo y
Azután»: Situado a 7 km al este de las plantas fotovoltaicas. Incluye zonas con hábitats
palustres y formaciones riparias que albergan especies de aves acuáticas como el
calamón, avetorillo y avetoro.
El promotor incluye un estudio de «Cuantificación y evaluación de las repercusiones
de la Red Natura 2000» que descarta la existencia de impactos significativos sobre
hábitats o especies de los espacios Red Natura 2000 citados, y justifica esa apreciación
en base a la distancia que mantiene el proyecto respecto a estos espacios y las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias propuestas para la fauna.

cve: BOE-A-2025-2475
Verificable en https://www.boe.es

Los módulos fotovoltaicos se encuentran próximos a los siguientes espacios de la
Red Natura 2000: