Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2260)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Fundació Politècnica de Catalunya, para la realización de los másteres de formación permanente en «Derecho y Negocio Marítimo y Gestión Portuaria (shipping business)» y «Executive en supply chain management. Operaciones y Logística».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025
Cuarta.

Sec. III. Pág. 16931

Obligaciones de la FPC.

Corresponde a la FPC la gestión de la totalidad de los importes indicados
anteriormente asignándolo, en forma de becas, a los/las estudiantes participantes en los
másteres, siguiendo la siguiente priorización:
1.º Los/las estudiantes que sean trabajadores/as de la APB tendrán prioridad para
acceder a estas becas, y se les otorgará, como máximo, el importe total de la matrícula.
En caso de que haya más trabajadores/as interesados/as y, en consecuencia, no pueda
otorgarse el importe total de la matrícula a cada una de ellas, la cantidad total aportada
para aquella edición se distribuirá a partes iguales entre estas.
2.º En segundo lugar, y una vez realizado el otorgamiento anterior, tendrán
preferencia los/las estudiantes que pertenezcan a alguna de las empresas participadas
de la APB y se les otorgará, como máximo, el importe de la matrícula. Si las solicitudes
superan la aportación económica de la APB, o el fondo disponible, el importe se
distribuirá a partes iguales entre las personas solicitantes.
3.º En tercer lugar, y una vez realizado el otorgamiento anterior, tendrán preferencia
los/las estudiantes trabajadores/as de alguna de las empresas que forman parte de la
Comunidad Logística Portuaria de Barcelona (en adelante, CLP) certificadas en la marca
de calidad de la APB, l'Efficiency Network, y se les otorgará, como máximo, el importe de
la matrícula. Si las solicitudes superan la aportación económica de la APB, o el fondo
disponible, el importe se distribuirá a partes iguales entre las personas solicitantes.
4.º En cuarto lugar, y una vez realizado el otorgamiento anterior, tendrán
preferencia los/las estudiantes trabajadores/as del resto de empresas que forman parte
de la CLP, y se les otorgará, como máximo el importe de la matrícula. Si las solicitudes
superan la aportación económica de la APB, o el fondo disponible, el importe se
distribuirá a partes iguales entre las personas solicitantes.
5.º En caso de que no haya ningún trabajador/a perteneciente a los colectivos de
los puntos 1.º, 2.º, 3.º y 4.º, la APB podrá beneficiarse de la aportación de una de las
becas del Máster de Formación Permanente en Derecho y Negocio Marítimo y Gestión
Portuaria (Shipping Business) para su utilización en cualquiera de los másteres
gestionados por la FPC. En este caso, las condiciones serán las mismas que en el
punto 1.º de la priorización (únicamente, para los/las trabajadores/as de la APB).
6.º Si siguiendo el orden de prioridades indicado anteriormente, aún queda
disponible parte de la aportación económica de la APB, esta se distribuirá entre el resto
de los/las estudiantes en la forma que ambas partes firmantes acuerden.

a) Será la encargada de la organización, coordinación y gestión de ambos
másteres.
b) Informará a la APB de las personas que forman parte de la comisión de
seguimiento.
c) Asignará, para cada uno de los másteres, un mínimo de 10 horas de ponencias o
sesiones realizadas por profesionales de la APB.
d) Incluirá, dentro de las actividades de los másteres, alguno de los cursos de la
Escola Europea Intermodal Transport, en particular, si es posible, se incluirá el curso MOST.
e) Comunicará a la APB los/las estudiantes escogidos/das para beneficiarse de las
becas, así como la empresa a la cual pertenecen si son estudiantes de la CLP y el
importe otorgado a cada uno/a de ellos/as.
f) Remitirá a la APB un certificado en relación con las becas otorgadas a las que se
haya destinado su aportación económica. Asimismo, a la finalización de cada estudio,
remitirá a la APB un informe, firmado por los responsables de los respectivos másteres,
sobre el grado de aprovechamiento de los/las estudiantes beneficiarios/as de las becas.

cve: BOE-A-2025-2260
Verificable en https://www.boe.es

A tal efecto, la FPC: