Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2232)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 3 a cancelar una concesión administrativa.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 16757

En la citada calificación negativa se indica, en esencia, que no es posible el
despacho del documento por los siguientes motivos:
– No consta la nota marginal de expedición de certificación del inicio del
procedimiento, por no ser el procedimiento administrativo la vía para solicitar dicha
certificación, sino por el procedimiento registral.
– Falta la consignación de la correspondiente indemnización a favor de los titulares
de derechos y cargas registrales posteriores, que prevé el artículo 175.3.º del Reglamento
Hipotecario, por lo que no puede ser cancelado el derecho del concesionario ni tampoco
lar cargas constituidas hasta que no se efectúe la consignación judicial.
Con carácter previo, es conveniente hacer referencia a las diferentes fases que
ha atravesado el concesionario Teatromax, S.A. y que resultan relevantes a la hora de
plantear el presente recurso.
La empresa Teatromax S.A. fue declarada en concurso de acreedores el 1 de julio
de 2014 por auto del Juzgado de lo Mercantil N.º 8 de Barcelona y número de
procedimiento 0530/2014, siendo las fases que afectan a este recurso las siguientes:






El 10 de febrero de 2015 se dictó auto de apertura de la fase de convenio.
El 8 de julio de 2015 se dictó sentencia de aprobación del convenio.
El 27 de junio de 2022 se dictó sentencia por incumplimiento del convenio.
El 27 de junio de 2022 se dictó apertura de la fase de liquidación.
El 11 de noviembre de 2022 se aprobó el plan de liquidación.

En este punto, se coincide plenamente con la calificación recurrida.
Asimismo, resulta necesario, para mayor claridad de los hechos, hacer referencia a
los antecedentes de la tramitación de la extinción y liquidación de la concesión demanial.

Primero. El primer procedimiento de extinción de la concesión demanial fue seguido
con el concesionario y con los titulares de cargas registrales, si bien caducó sin resolución.
El primer procedimiento (191/2019/0072) para extinguir la concesión demanial de
referencia se inició mediante Decreto de 5 de marzo de 2019 de la Alcaldesa de Madrid,
(…), realizándose durante dicho procedimiento determinados actos de instrucción.
El citado decreto fue notificado a Teatromax, S.A., a los acreedores hipotecarios
inscritos en el Registro de la Propiedad (BBVA y Caixabank S.A.) y a la Agencia
Tributaria de Madrid gestora de la deuda del Ayuntamiento de Madrid, que es el titular de
un embargo (…)
Sin embargo, al transcurrir el plazo para su resolución sin haberse dictado esta,
se declaró su caducidad por Decreto de 8 de marzo de 2022 de la Delegada del Área de
Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (…)
Segundo. El procedimiento de extinción de la concesión demanial fue seguido con
el concesionario y con los titulares de cargas registrales y su inicio y terminación fueron
notificados al Registro de la Propiedad.
Por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del
Ayuntamiento de Madrid de 21 de abril de 2022, se inició, nuevamente, el procedimiento
de extinción de la concesión para la construcción, conservación y explotación de una
sala cultural de proyecciones cinematográficas en pantalla gigante en el Parque (…),
cuyo concesionario es la empresa Teatromax, S.A. (…)
En dicho decreto se preveía la incorporación a este nuevo procedimiento
(191/2022/00306) de todos los actos y trámites del procedimiento iniciado el 5 de marzo
de 2019 y declarado caducado

cve: BOE-A-2025-2232
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes.