Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-2115)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Intervento 2, SL.
54 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Miércoles 5 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 15884

consideración las normas constitucionales, laborales y las declaraciones relativas a los
principios y derechos fundamentales en el trabajo.
Se encuentra incorporado al Plan de Igualdad el citado Protocolo, al que
expresamente se remite este convenio.
Artículo 68.

Acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero,
para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos
de las personas LGTBI, y el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se
desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de
las personas LGTBI en las empresas, la empresa establecerá un conjunto planificado de
medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que
incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las
personas LGTBI que, en nuestro caso, se incorpora como anexo III del convenio.
Tabla salarial
Salario base

Pagas extras

Anual

Euros

Anual mínimo

Euros

Total año

Euros

Grupo Profesional 1. Administración
Responsable de administración y gestión.

24.000,07

4.000,01

28.000,08

Técnico/a Administrativo/a.

20.571,43

3.428,57

24.000,00

Auxiliar Administrativo/a.

19.051,20

3.175,20

22.226,40

Grupo Profesional 2. Producción y Diseño
Responsable de Área.

32.571,46

5.428,58

38.000,04

Responsable de Departamentos y Equipos.

27.428,61

4.571,43

32.000,04

Técnico/a de Producción y Diseño.

22.285,75

3.714,29

26.000,04

Ayudante de Producción y Diseño.

19.051,20

3.175,20

22.226,40

Grupo Profesional 3. Montaje
Responsable de Montajes.

22.628,57

3.771,43

26.400,00

Técnico/a de Montajes.

21.085,71

3.514,29

24.600,00

Ayudante de Montajes.

19.051,20

3.175,20

22.226,40

Complemento antigüedad (art. 45): 30 euros al mes por trienio, máximo cinco (5) trienios.

ANEXO I

1.

Introducción

Este protocolo queda amparado legalmente en lo dispuesto tanto en el artículo 37 de
la Constitución como, específicamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los
Trabajadores, y constituye una plasmación de las facultades de organización y dirección
de la Empresa por lo que resultan de obligado cumplimiento para todas las personas
trabajadoras. Consecuentemente la transgresión de las normas establecidas en el
presente Protocolo y, en general, la utilización inadecuada de los equipos que se

cve: BOE-A-2025-2115
Verificable en https://www.boe.es

Protocolo de uso de vehículos de empresa