Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-2115)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Intervento 2, SL.
54 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Miércoles 5 de febrero de 2025
Sección Tercera.

Sec. III. Pág. 15871

Ropa de trabajo

Artículo 41. Ropa y calzado de trabajo.
La empresa facilitará a las personas trabajadoras incluidas en el Grupo Profesional 3,
la ropa y calzado de trabajo adecuados para el desempeño de su tarea, cuyo uso será
obligatorio, excepto cuando no sea necesaria por las características del trabajo que se
desempeña, obligándose aquéllas a mantenerlo en perfecto estado de conservación, a
custodiarla y a ofrecer una buena imagen tanto con la ropa de trabajo como con la suya
propia.
Al ingreso en la empresa se entregarán dos (2) equipos completos. A partir del
segundo año, la empresa facilitará, cada dos años, al personal del Grupo Profesional 3,
las siguientes prendas de uniforme: una (1) sudadera, tres (3) camisetas y un (1)
pantalón. Con la misma periodicidad se facilitará un par de botas o calzado de seguridad
equivalente. Asimismo, se facilitarán de manera individual, en casos de servicios en el
exterior, las prendas de abrigo y de agua adecuadas.
No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de producirse su rotura
o deterioro por causa no imputable a la persona trabajadora antes de la fecha prevista de
entrega de la ropa y el calzado establecida en el mismo, la empresa proveerá a aquélla
de la ropa y/o el calzado que proceda salvo manifiesto fraude o abuso de derecho.
Las personas trabajadoras vienen obligadas a llevar puestas tanto las prendas que
se les entreguen, así como cualquier otro signo de identificación que se establezca.
En el supuesto de que la persona trabajadora cause baja en la empresa, éste se verá
obligado a entregar las prendas que esté utilizando en los últimos dos años, así como las
tarjetas o signos identificativos que se le hayan entregado.
CAPÍTULO VI
Régimen retributivo
Sección Primera.

Estructura salarial y condiciones de pago.

1. Las retribuciones básicas del personal comprendido en el ámbito de aplicación
de este convenio estarán constituidas por: salario base, complemento personal de
antigüedad y pagas extraordinarias.
Los salarios del personal comprendido en el ámbito de aplicación de este convenio
quedan establecidos en la tabla salarial que figura al término de este capítulo,
permaneciendo invariables durante toda la vigencia del convenio, y corresponden a la
jornada completa ordinaria a que se refieren el artículo 30 y siguientes de este convenio.
2. El pago del salario se efectuará a mes vencido habitualmente antes de la
finalización del mismo y como máximo, en el término de los cinco primeros días del mes
siguiente. No obstante, los complementos variables podrán ser abonados en la nómina
del mes siguiente al que se hayan devengado o en períodos diferentes, según lo pactado
entre la empresa y la persona trabajadora.
3. La retribución mensual será abonada preferiblemente por domiciliación bancaria
o cualquier otra forma de pago admitida en derecho.
4. El recibo de salarios incluirá todos los conceptos retributivos incluyendo,
expresamente, en su caso, el desglose de los valores unitarios que corresponda.
5. Las personas trabajadoras con contrato a tiempo parcial o que tengan reducida
su jornada, percibirán todos los conceptos que le pudiesen corresponder en proporción a
la jornada pactada.

cve: BOE-A-2025-2115
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 42.

Disposiciones generales