Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-2114)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Inet Inst, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Miércoles 5 de febrero de 2025
Artículo 40.

Sec. III. Pág. 15820

Retribución salarial.

40.1 A partir del 1 de enero del 2025 y hasta el 31 de Diciembre del 2027, las tablas
de los anexos 2 y 3 del convenio, así como las pagas extraordinarias, los complementos
«ad personam», complemento de servicio de servicios centrales y las cuantías del capital
asegurado por muerte o invalidez por accidente regulado en artículo 67 del presente
convenio, se incrementan anualmente con el mismo porcentaje que se incremente las
tablas salariales.
40.2 Plus Vinculación. En este convenio de Empresa se acuerda sustituir el
concepto salarial de antigüedad regulado en artículo 25 del XVII convenio Colectivo
estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública (código
de convenio: 99001355011983 – BOE 6 de marzo de 2018), por un nuevo concepto
salarial de pago único anual que se denomina Plus Vinculación.
Este Plus Vinculación premiará con un pago anual única de 300 euros brutos a las
personas trabajadoras, según la siguiente escala:
Año ingreso

Meritación Año cobro
31-dic

300 €

2020

2024

2025

2021

2024

2025

2022

2025

2026

2023

2026

2027

2024

2027

2028

2025

2028

2029

2026

2029

2030

2027

2030

2031

Meritación

Año cobro

31-dic

500 €

Antes 2018

2022

2023

2018

2023

2024

2019

2024

2025

2020

2025

2026

2021

2026

2027

2022

2027

2028

2023

2028

2029

2024

2029

2030

2025

2030

2031

Año ingreso

cve: BOE-A-2025-2114
Verificable en https://www.boe.es

Este Plus Vinculación que sustituirá al anterior, premiará con un pago anual de 500
euros brutos a las personas trabajadoras que desde el 1 de enero de 2018 cumplan 5
años de permanencia en la Empresa, siendo por tanto merecedoras de este plus las
personas trabajadoras que permanezcan en la Empresa a 31 de diciembre de 2022, las
que ingresaron en la Empresa posteriormente a 31 de diciembre de 2017, lo percibirán
cuando cumplan los 5 años de permanencia durante el mes de junio del año siguiente a
la meritación y contados a partir del año de ingreso, según la siguiente escala: