Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1944)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del «Proyecto constructivo para la ampliación de la desalinizadora de Valdelentisco (Isla Plana, Cartagena, Murcia)».
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Lunes 3 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 14872

del material más fino a la pradera limítrofe, el promotor contempla como medida
correctora la incorporación en la salida del PIG de un sistema de recogida del residuo
mediante cestas de captación, que será retirado y depositado en tierra tras su adecuado
tratamiento.
La Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la
Región de Murcia señala que el sistema de recolección deberá utilizarse cada vez que
se realice un mantenimiento, asegurando que la disposición de las cestas en el fondo
marino no produce afección sobre la pradera de posidonia y que otros organismos no
queden atrapados en las mismas. Adicionalmente, determina que el PVA deberá incluir el
registro del uso de las cestas de captación, junto con fechas y cantidades recogidas,
registro de las cantidades de aditivos empleados anualmente para limpieza y filtración,
así como de los productos neutralizadores de los mismos. El promotor muestra
conformidad y realizará el seguimiento durante la fase de explotación.
Efectos sobre la fauna.

El documento ambiental no considera efectos significativos sobre las comunidades
de reptiles y mamíferos marinos. No obstante, la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del MITECO dispone diversas medidas dirigidas a su protección, entre
ellas la realización, antes del comienzo de las obras, de una inspección visual en busca
de ejemplares en los alrededores de las actuaciones, así como el aplazamiento de las
mismas durante 60 minutos en caso de avistamiento; prohibición de cualquier actividad o
comportamiento que pueda causar molestia o daño a la fauna marina; aviso a la
subdirección general con suficiente antelación de la fecha de comienzo de las obras, así
como del calendario previsto de ejecución; comunicación de cualquier situación anómala
que pueda suponer un riesgo significativo para los valores ambientales del entorno a la
mayor brevedad posible. Asimismo, la Dirección General de la Costa y el Mar subraya
que el ruido submarino generado por las obras puede afectar a las especies de
mamíferos marinos y quelonios del entorno, por lo que durante las operaciones más
ruidosas se garantizará la ausencia de ejemplares en las inmediaciones y se deberán
contemplar y cumplir diversas medidas que relaciona para mitigar el impacto. El promotor
responde que todas las indicaciones serán incluidas como medidas preventivas.
Por otro lado, el documento ambiental valora como no significativa la afección a la
fauna invertebrada asociada a los fondos detríticos costeros por el proceso de fondeo e
instalación de la prolongación del emisario, ya que considera sin valor ambiental
destacable esta comunidad y no se precisa la excavación de zanjas ni alteración de los
fondos en la operación.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO prohíbe la
construcción de instalaciones o el asiento de las conducciones sobre invertebrados
incluidos en el LESRPE e indica que, antes de la ejecución de las obras, el promotor
deberá verificar los límites de la pradera de posidonia, comprobar la presencia de
ejemplares de invertebrados marinos protegidos y trasladar los resultados obtenidos a la
subdirección general, a efectos de establecer las medidas que resulten necesarias.
Asimismo, la Dirección General de la Costa y el Mar informa que debe evitarse la
instalación de los componentes de la desalinizadora sobre las comunidades de especies
incluidas en el LESRPE, entre ellas Pinna nobilis y Charonia lampas, taxones asociados
a las praderas de posidonia. El promotor manifiesta conformidad y concreta que incluirá
como medida preventiva la prohibición de establecer infraestructuras sobre invertebrados
marinos del LESRPE y que realizará un estudio previo a la ejecución de las obras que
contemplará las cuestiones prescritas por las administraciones.
En fase de explotación, la fauna asociada a fondos detríticos costeros, constituida
principalmente por diferentes especies de poliquetos, crustáceos y moluscos, puede
resultar afectada por el vertido de salmuera. Este vertido, de mayor densidad que el
agua marina, tiende a caer por gravedad hasta alcanzar el fondo, donde la comunidad de
detrítico costero recibe directamente el vertido. El documento ambiental considera que la
fauna de este tipo de fondos es menos sensible a cambios en la salinidad que la pradera

cve: BOE-A-2025-1944
Verificable en https://www.boe.es

c.4