Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-1732)
Orden HAC/86/2025, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 573 «Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Autoliquidación» y el modelo A24 «Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Solicitud de devolución por envíos dentro de la Unión Europea», se determina la forma y el procedimiento para su presentación, y se regula la inscripción en el Registro territorial de los contribuyentes del artículo 64 quinquies de la Ley de Impuestos Especiales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 13973

(Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En la
Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se facilitará la
información que exige el artículo 13 del Reglamento relativa a los posibles tratamientos y
el ejercicio de los derechos sobre los mismos.
Disposición transitoria primera. Plazo de presentación de la autoliquidación
correspondiente al Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros
Productos relacionados con el Tabaco durante los meses de abril, mayo y junio
de 2025.
La disposición transitoria undécima de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de
Impuestos Especiales, establece que las autoliquidaciones correspondientes a los
periodos de liquidación de los meses de abril, mayo y junio de 2025, se deberán
presentar del 1 al 20 de julio de 2025.
Disposición transitoria segunda.
impuestos especiales.

Plazo de inscripción en el registro territorial de

Los operadores económicos que, en concepto de fabricantes, depósitos fiscales o
contribuyentes citados en el artículo 64 quinquies de la Ley de Impuestos Especiales, en
el momento de la entrada en vigor de este impuesto, ya estén realizando operaciones de
fabricación, comercialización o distribución de productos objeto de este impuesto
especial de fabricación y a los que les resulte de aplicación lo previsto en esta orden
ministerial, deberán solicitar la inscripción como tales en el registro territorial de los
impuestos especiales. Las fábricas o depósitos fiscales deberán solicitar la inscripción en
el registro territorial de la oficina gestora correspondiente al lugar donde se encuentre el
domicilio del establecimiento y en el caso de los contribuyentes citados en el artículo 64
quinquies de la Ley de Impuestos Especiales en el de la oficina gestora correspondiente
al lugar donde se encuentre su domicilio fiscal en España. En ambos casos, el trámite
deberá efectuarse en el plazo de los treinta días hábiles siguientes desde la entrada en
vigor de la presente orden ministerial.
Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo,
por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva
la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente
a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros
documentos tributarios.
Se introducen las siguientes modificaciones en el apartado 2 de la disposición
adicional única de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la
gestión de los tributos, y se extiende a esta expresamente a la presentación telemática
de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.
En el apartado 2 de la disposición adicional única se añaden los formatos
electrónicos de los siguientes modelos de solicitudes:
«Modelo 573: Impuesto sobre Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros
Productos relacionados con el Tabaco. Autoliquidación.»
«Modelo A24: Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros
Productos relacionados con el Tabaco. Solicitud de devolución por envíos dentro
de la Unión Europea.»

cve: BOE-A-2025-1732
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 27