Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-1624)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del grupo Cashdiplo (Cashdiplo, SLU, y Diplo Arenas, SLU).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13451
Colabora en la gestión de recursos humanos, realizando acciones encaminadas a
orientar el comportamiento de los compañeros de los Grupos Profesionales
anteriormente relacionados hacia el logro de los objetivos, supervisando las funciones
que desarrollan y ejerciendo, en caso de que se le encomienden, funciones
encaminadas a la consecución de resultados, implantación y gestión en su área de
actividad.
Formación. Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión
equivalentes a Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional 2,
complementada con una experiencia dilatada en el puesto de trabajo y titulación
universitaria.
Tareas del personal de tiendas y almacén. Las personas trabajadoras adscritas al
presente grupo deberán realizar, entre otras, las siguientes tareas: atención al público,
reposición de género de su puesto de trabajo, gestión de fondos en general dentro del
centro de trabajo y para el puesto de Segundo Gerente de Tienda también fuera del
centro de trabajo, limpieza de su puesto y mantenimiento.
Quedan encuadradas y meramente relacionadas a título enunciativo en el Grupo III
las antiguas categorías profesionales: Jefes de Grupo, Cortador, Jefe de Sección,
Monitor, Segundo Gerente de Cash, Jefe de Sección Administrativo, Control de Gestión,
Jefe de Servicio Administrativo, encargado de supermercado.
IV.
Grupo profesional 4.
Criterios generales. Realiza funciones con el máximo grado de autonomía, iniciativa
y responsabilidad, ejerciendo el mando, dirección, control y supervisión de tareas y/o
personas. Se incluyen también en este grupo profesional funciones que suponen la
participación en la definición de los objetivos concretos a alcanzar. Decide sobre un
conjunto amplio de empleados y es responsabilidad suya la formación de las personas
que estén bajo su dependencia. Diseña, dicta y vela por las normas de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
En referencia a la gestión de Recursos Humanos, decide, optando por una línea de
actuación, sobre un conjunto de empleados, y es responsabilidad suya la formación de
las personas que están bajo su dependencia.
Formación. Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión,
equivalentes a Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional 2 o
complementada con una experiencia dilatada, formación específica en el puesto de
trabajo y titulación universitaria.
Tareas del personal de tiendas y almacén. Las personas trabajadoras adscritas al
presente grupo deberán realizar, entre otras, las siguientes tareas: atención al público,
reposición de género de su sección de trabajo, gestión de fondos, limpieza de su puesto
y mantenimiento.
Quedan encuadradas y meramente relacionadas a título enunciativo en el Grupo IV
las antiguas categorías profesionales: Gerente de Cash, Jefe Almacén, Jefe de Ventas,
Jefe de Departamento Administrativo, Jefe de Área Administrativa.
Grupo profesional 5.
Criterios generales. Realizan labores con alto grado de autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Participa en la definición de objetivos concretos a alcanzar en un campo
determinado y establece normas, guías y estrategias conforme a los principios de la
empresa. Coordina, planifica y dirige las funciones realizadas por su personal a su cargo,
si los tuviese, y responde de su formación. También incluyen en este grupo las
titulaciones universitarias o equivalentes que ejerzan las funciones propias de su
titulación.
Formación. Titulación universitaria o equivalente, Formación Profesional Superior o
conocimientos profesionales adquiridos en base a una acreditada experiencia.
cve: BOE-A-2025-1624
Verificable en https://www.boe.es
V.
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13451
Colabora en la gestión de recursos humanos, realizando acciones encaminadas a
orientar el comportamiento de los compañeros de los Grupos Profesionales
anteriormente relacionados hacia el logro de los objetivos, supervisando las funciones
que desarrollan y ejerciendo, en caso de que se le encomienden, funciones
encaminadas a la consecución de resultados, implantación y gestión en su área de
actividad.
Formación. Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión
equivalentes a Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional 2,
complementada con una experiencia dilatada en el puesto de trabajo y titulación
universitaria.
Tareas del personal de tiendas y almacén. Las personas trabajadoras adscritas al
presente grupo deberán realizar, entre otras, las siguientes tareas: atención al público,
reposición de género de su puesto de trabajo, gestión de fondos en general dentro del
centro de trabajo y para el puesto de Segundo Gerente de Tienda también fuera del
centro de trabajo, limpieza de su puesto y mantenimiento.
Quedan encuadradas y meramente relacionadas a título enunciativo en el Grupo III
las antiguas categorías profesionales: Jefes de Grupo, Cortador, Jefe de Sección,
Monitor, Segundo Gerente de Cash, Jefe de Sección Administrativo, Control de Gestión,
Jefe de Servicio Administrativo, encargado de supermercado.
IV.
Grupo profesional 4.
Criterios generales. Realiza funciones con el máximo grado de autonomía, iniciativa
y responsabilidad, ejerciendo el mando, dirección, control y supervisión de tareas y/o
personas. Se incluyen también en este grupo profesional funciones que suponen la
participación en la definición de los objetivos concretos a alcanzar. Decide sobre un
conjunto amplio de empleados y es responsabilidad suya la formación de las personas
que estén bajo su dependencia. Diseña, dicta y vela por las normas de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
En referencia a la gestión de Recursos Humanos, decide, optando por una línea de
actuación, sobre un conjunto de empleados, y es responsabilidad suya la formación de
las personas que están bajo su dependencia.
Formación. Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión,
equivalentes a Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional 2 o
complementada con una experiencia dilatada, formación específica en el puesto de
trabajo y titulación universitaria.
Tareas del personal de tiendas y almacén. Las personas trabajadoras adscritas al
presente grupo deberán realizar, entre otras, las siguientes tareas: atención al público,
reposición de género de su sección de trabajo, gestión de fondos, limpieza de su puesto
y mantenimiento.
Quedan encuadradas y meramente relacionadas a título enunciativo en el Grupo IV
las antiguas categorías profesionales: Gerente de Cash, Jefe Almacén, Jefe de Ventas,
Jefe de Departamento Administrativo, Jefe de Área Administrativa.
Grupo profesional 5.
Criterios generales. Realizan labores con alto grado de autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Participa en la definición de objetivos concretos a alcanzar en un campo
determinado y establece normas, guías y estrategias conforme a los principios de la
empresa. Coordina, planifica y dirige las funciones realizadas por su personal a su cargo,
si los tuviese, y responde de su formación. También incluyen en este grupo las
titulaciones universitarias o equivalentes que ejerzan las funciones propias de su
titulación.
Formación. Titulación universitaria o equivalente, Formación Profesional Superior o
conocimientos profesionales adquiridos en base a una acreditada experiencia.
cve: BOE-A-2025-1624
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