Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1628)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo de la Línea Ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la costa). Fase II. Tramo: Cullera-Gandía».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
D.
Sec. III. Pág. 13629
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene los criterios y contenidos mínimos del programa de vigilancia
ambiental (PVA), cuyo objeto es garantizar la correcta ejecución de las medidas
preventivas y correctoras previstas, así como prevenir y corregir sus posibles
disfunciones y la aparición de impactos ambientales no previstos. A escala de proyecto
constructivo, el PVA detallará la metodología de los controles a realizar, conforme a las
condiciones de ejecución de las medidas preventivas y correctoras que figuren en los
pliegos de prescripciones técnicas.
El EsIA recoge los principales aspectos e indicadores de seguimiento, tanto en fase
de obra como de explotación.
Aspectos e indicadores de seguimiento en fase de obra:
– Jalonamiento de la zona de ocupación del trazado, de los elementos auxiliares y
de los caminos de acceso.
– Protección atmosférica (polvo, emisiones atmosféricas).
– Conservación de suelos (tierra vegetal).
– Protección de los sistemas fluviales y de la calidad de las aguas (vertidos, análisis,
balsas de decantación, localización instalaciones, tratamiento y gestión de residuos).
– Protección y restauración de la vegetación (protectores, plantaciones y siembras).
– Protección de la fauna (adecuación pasos, cerramiento, dispositivos escape,
medidas anticolisión y antielectrocución, cronograma).
– Protección de las condiciones de sosiego público (ruido y vibraciones).
– Protección del patrimonio histórico-arqueológico.
– Mantenimiento de la permeabilidad territorial y de la continuidad de los servicios
existentes.
Aspectos e indicadores de seguimiento en fase de explotación:
– Protección de las condiciones de sosiego público.
– Seguimiento de la revegetación y de la restauración paisajística.
– Seguimiento de la fauna (permeabilidad, atropellos).
Posteriormente, en la documentación de 20 de noviembre de 2023, el promotor
completa los controles del PVA:
En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá
completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el apartado de condiciones
de la presente declaración.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 6
apartado b) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
cve: BOE-A-2025-1628
Verificable en https://www.boe.es
– Protección de la hidrogeología (niveles freáticos y calidad de las aguas).
– Protección de la Red Natura 2000 (prospección faunística, restricción desbroces,
cronograma).
– Protección de los hábitats de interés comunitario y naturales (tierra vegetal, control
superficie, jalonamiento, polvo, especies exóticas invasoras, Plan de prevención y
extinción de incendios, restauración ecológica).
– Protección de la fauna y especies protegidas (prospección faunística, instalación
de chapas anticolisión en el cerramiento).
– Protección de LIG (jalonamiento, conservación de accesos, barreras de
sedimentos, gestión de residuos).
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
D.
Sec. III. Pág. 13629
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene los criterios y contenidos mínimos del programa de vigilancia
ambiental (PVA), cuyo objeto es garantizar la correcta ejecución de las medidas
preventivas y correctoras previstas, así como prevenir y corregir sus posibles
disfunciones y la aparición de impactos ambientales no previstos. A escala de proyecto
constructivo, el PVA detallará la metodología de los controles a realizar, conforme a las
condiciones de ejecución de las medidas preventivas y correctoras que figuren en los
pliegos de prescripciones técnicas.
El EsIA recoge los principales aspectos e indicadores de seguimiento, tanto en fase
de obra como de explotación.
Aspectos e indicadores de seguimiento en fase de obra:
– Jalonamiento de la zona de ocupación del trazado, de los elementos auxiliares y
de los caminos de acceso.
– Protección atmosférica (polvo, emisiones atmosféricas).
– Conservación de suelos (tierra vegetal).
– Protección de los sistemas fluviales y de la calidad de las aguas (vertidos, análisis,
balsas de decantación, localización instalaciones, tratamiento y gestión de residuos).
– Protección y restauración de la vegetación (protectores, plantaciones y siembras).
– Protección de la fauna (adecuación pasos, cerramiento, dispositivos escape,
medidas anticolisión y antielectrocución, cronograma).
– Protección de las condiciones de sosiego público (ruido y vibraciones).
– Protección del patrimonio histórico-arqueológico.
– Mantenimiento de la permeabilidad territorial y de la continuidad de los servicios
existentes.
Aspectos e indicadores de seguimiento en fase de explotación:
– Protección de las condiciones de sosiego público.
– Seguimiento de la revegetación y de la restauración paisajística.
– Seguimiento de la fauna (permeabilidad, atropellos).
Posteriormente, en la documentación de 20 de noviembre de 2023, el promotor
completa los controles del PVA:
En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá
completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el apartado de condiciones
de la presente declaración.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 6
apartado b) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
cve: BOE-A-2025-1628
Verificable en https://www.boe.es
– Protección de la hidrogeología (niveles freáticos y calidad de las aguas).
– Protección de la Red Natura 2000 (prospección faunística, restricción desbroces,
cronograma).
– Protección de los hábitats de interés comunitario y naturales (tierra vegetal, control
superficie, jalonamiento, polvo, especies exóticas invasoras, Plan de prevención y
extinción de incendios, restauración ecológica).
– Protección de la fauna y especies protegidas (prospección faunística, instalación
de chapas anticolisión en el cerramiento).
– Protección de LIG (jalonamiento, conservación de accesos, barreras de
sedimentos, gestión de residuos).