Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-1564)
Real Decreto 47/2025, de 28 de enero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo del hidrógeno en la movilidad y el transporte, en el marco del componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 13147

artículo 13.3.bis, teniendo en cuenta asimismo lo dispuesto en el artículo 22.bis del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General
de Subvenciones. Dada la naturaleza de estas subvenciones, dicha acreditación se
realizará en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda.
i) La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización por los
solicitantes para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de la
circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social, a través de certificados telemáticos, en cuyo caso no deberán aportar las
correspondientes certificaciones. No obstante, la entidad solicitante podrá denegar
expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones
correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4 del Reglamento que
desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
j) Declaración responsable de aceptación de la cesión y tratamiento de datos entre
las administraciones públicas implicadas en la ejecución del PRTR, para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación, así como a lo
dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales. Esta aceptación expresa se manifestará
con la firma de la Declaración cuyo modelo se pondrá a disposición de los interesados
en la página web del IDAE, en la sección correspondiente de este programa.
k) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento en relación con
la ejecución de actuaciones del PRTR, así como declaración de ausencia de conflicto de
interés. Se pondrán los modelos a disposición de los interesados en la página web del
IDAE, en la sección correspondiente de este programa.
l) Declaración responsable de otras ayudas y compromiso de actualización de
información. Se pondrá modelo a disposición de los interesados en el portal de internet
del IDAE, en la sección correspondiente de este programa.
m) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.3 Real Decreto-ley 36/2020, de 30
de diciembre, documentación que acredite que se encuentran al corriente del pago de
las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos
anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de
estos fondos en los Presupuestos Generales del Estado. El centro gestor del gasto
comprobará el cumplimiento de tales condiciones con anterioridad al pago de acuerdo
con lo previsto en la citada norma.
n) Asimismo, el beneficiario deberá declarar los anticipos y préstamos recibidos, su
situación respecto al pago, así como un certificado del órgano concedente del préstamo
o anticipo si fuera una Administración pública.
ñ) Hitos y Objetivos en el marco del PRTR a los que contribuye el proyecto
desarrollado por la entidad beneficiaria, según la información incluida en el anexo II de
este real decreto (en adelante, «Hitos y Objetivos CID»). Se debe indicar la confirmación
de a qué Hitos y Objetivos CID contribuye cada proyecto, así como el detalle de cómo y
por qué contribuye a ese objetivo. Será condición indispensable para poder ser entidad
beneficiaria de la ayuda la contribución de los objetivos incluidos en el anexo II de este
real decreto. El listado definitivo de Hitos y Objetivos CID a los que contribuye cada
proyecto y su justificación se incluirá en la resolución de concesión.
o) Aceptación expresa de las condiciones de la subvención que se establecen en el
presente real decreto.
En el caso de miembros asociados, los beneficiarios citados en el artículo 5 actuarán
como coordinador o representantes de los mismos. La persona coordinadora será el
interlocutor y representante ante el IDAE y canalizará las relaciones correspondientes
entre este y los miembros asociados. La persona coordinadora será el único con acceso
a las notificaciones y comunicaciones de IDAE y deberá trasladar las mismas al resto de
miembros beneficiarios asociados, tanto en el procedimiento de concesión como en la
fase de seguimiento y justificación de las ayudas. Asimismo, recibirá el pago de la ayuda

cve: BOE-A-2025-1564
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Núm. 25