Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-1556)
Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y se efectúa la primera convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Martes 28 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 12963

No obstante, la documentación referida en este apartado 2 podrá ser sustituida por
una declaración responsable de cumplimiento. En todo caso, la documentación
acreditativa del cumplimiento deberá presentarse antes de la concesión definitiva de la
subvención de acuerdo a lo señalado en cada convocatoria.
f) Adicionalmente, se exigirán declaraciones responsables sobre las siguientes
materias:
a. Cumplimiento de bases regulatorias.
b. Declaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos
o anticipos con la Administración, ni estar sujeta a una orden de recuperación pendiente
tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.
c. Declaración responsable sobre la existencia de ayudas potencialmente
concurrentes.
d. No hallarse incurso en las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e. Prevención de fraude, corrupción y conflicto de intereses.
f. Colaboración con la Comisión Europea, OLAF y autoridades competentes
Tribunal de Cuentas.
g. Declaración responsable de que el proyecto objeto de subvención no incluye
actividades recogidas en el artículo 8.5 de la presente Orden de Bases.
3. Con anterioridad a la propuesta de resolución definitiva de concesión de la
subvención ICEX requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad
de los datos contenidos en las declaraciones responsables presentadas en las
solicitudes.
4. En el anexo de las presentes Bases Reguladoras se recoge el contenido y la
estructura del formulario de solicitud.
5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y una vez comprobado el
cumplimiento de los requisitos, el órgano instructor publicará en las páginas web de
ICEX e Invest in Spain (www.icex.es y www.investinspain.org) una resolución con la
relación provisional de admitidos que han presentado su solicitud en tiempo y forma y
que, por tanto, pasarán a la fase de evaluación.
De igual forma y en el mismo momento, el órgano instructor publicará en las páginas
web de ICEX e Invest in Spain (www.icex.es y www.investinspain.org) una relación
provisional de excluidos con las causas de exclusión de cada uno de ellos para que los
interesados, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de
la relación provisional, presenten la documentación para la subsanación
correspondiente. Si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, se publicará por los mismos medios una
resolución con la relación definitiva de las solicitudes admitidas, y una resolución
declarando el desistimiento de los solicitantes que no hubieran subsanado las
deficiencias.
Compatibilidad con otras ayudas.

La percepción de las subvenciones previstas en esta orden será incompatible con la
de cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras
administraciones u otros entes públicos o privados, nacionales, autonómicos o locales.
En particular, las inversiones y gastos elegibles financiados por esta línea no podrán ser
objeto de ninguna otra ayuda, pública o privada, cofinanciada por ningún otro programa o
instrumento con cargo a fondos de la Unión Europea.

cve: BOE-A-2025-1556
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 17.