Comunidad Autónoma de La Rioja. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-1479)
Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2025.
300 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Martes 28 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 12024

sujeta a las mismas normas de procedimiento previstas para la aprobación de las bases
en régimen de concurrencia competitiva.
3. En las subvenciones gestionadas en régimen de concurrencia no competitiva, la
concesión de las subvenciones se producirá hasta el límite del crédito presupuestario
afectado por la convocatoria, en atención a la mera concurrencia de una determinada
situación en el beneficiario, sin que sea necesario establecer en tales casos la
comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas.
A estas subvenciones les serán de aplicación, en lo que sea compatible con su
naturaleza, las normas de procedimiento previstas para las subvenciones de
concurrencia competitiva.
Artículo 29.

Seguimiento de los gastos con financiación afectada.

Corresponderá a los centros gestores del gasto el suministro de información relativa
a los gastos con financiación afectada, y en especial la relativa a la actualización de los
ingresos y gastos previstos inicialmente, de cara a adecuar los niveles de ejecución de
gasto a los recursos efectivamente disponibles.
CAPÍTULO VI
Fondo de Cooperación Local de La Rioja

1. Según lo establecido en el artículo 113 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la
Administración Local de La Rioja, el Fondo de Cooperación Local de La Rioja, a través
de sus diferentes líneas de actuación, es el instrumento general de cooperación
económica de la Comunidad Autónoma de La Rioja con las entidades locales de su
territorio para la financiación de las obras y servicios municipales, y para contribuir a la
suficiencia financiera de las mismas.
2. La cuantía total del Fondo será la suma de los créditos consignados como
transferencias a corporaciones locales, con la clasificación orgánica 09.03,
programas 4121, 4513 y 9311 estructurados en las siguientes líneas de actuación:
sección de capitalidad; sección de cabeceras de comarca; sección de municipios con
población superior a 5.000 habitantes; sección de municipios con población superior
a 2.000 habitantes; sección de pequeños municipios y lucha contra la despoblación;
sección de otras líneas de cooperación local, que incluye, entre otras, el Plan de Obras y
Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
3. La dotación presupuestaria correspondiente al Fondo de Cooperación Local de
La Rioja se gestionará por la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha
contra la Despoblación a través de la Dirección General de Política Local y Lucha contra
la Despoblación.
4. En las condiciones que se establezcan en las normas reglamentarias de
concesión y gestión de las subvenciones, los recursos que correspondan a cada entidad
local como anualidad de 2025 del Fondo de Cooperación Local, con cargo a la sección
de pequeños municipios o al Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad
Autónoma de La Rioja, podrán aplicarse a la liquidación de deudas por obligaciones
producidas antes del 1 de enero de 2025 y a la reducción del endeudamiento por
operaciones de crédito suscritas antes de dicha fecha.
Artículo 31. Sección de capitalidad.
1. El crédito consignado en la aplicación presupuestaria 09.03.4513.461.03, cuyo
importe se determina por el Gobierno de La Rioja, oído el Consejo de la Capitalidad, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 2/2015, de 23 de marzo, del
Estatuto de Capitalidad de la ciudad de Logroño, se dispondrá como transferencia

cve: BOE-A-2025-1479
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 30. Fondo de Cooperación Local de La Rioja.