Comunidad Autónoma de La Rioja. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-1479)
Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 12006

para el ejercicio 2024 (Acuerdo de fecha 13 de febrero de 2024) y para el 2025 (acuerdo
de Consejo de Ministros de 16 de julio de 2024). Sin embargo, ninguno de los dos
acuerdos ha obtenido el refrendo necesario por parte de las Cortes Generales, por lo que
nos encontramos sin reglas fiscales determinadas y con una más que previsible prórroga
‒por segundo año consecutivo‒ de los Presupuestos Generales del Estado.
Pese a la limitación que supone la circunstancia mencionada en el párrafo anterior, el
Gobierno de La Rioja considera un compromiso prioritario desarrollar una política
caracterizada por la solvencia, la sostenibilidad y la eficacia de las cuentas públicas
regionales que permita la reducción de impuestos como medio para alcanzar la
prosperidad económica y social, y para ello ha aprobado un plan presupuestario a medio
plazo que prevé un superávit de las cuentas públicas del 0,1 % para 2025 en línea con
las orientaciones de la Comisión Europea.
Así, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 11/2013, de 21 de
octubre, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejo de
Gobierno de La Rioja, en su reunión de 27 de agosto de 2024, acordó un límite de gasto
no financiero para 2025 que asciende a 1.824 millones de euros (neto PAC y consolidado
con los presupuestos de la ADER), que supera en un 3,11 % al límite aprobado para el
presupuesto de 2024.
En la fijación de dicho límite se tuvo en cuenta el escenario macroeconómico
contemplado en la actualización del Programa de Estabilidad del Reino de España para
el periodo 2023-2026, el cual fue avalado por la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal (AIReF) en fecha 28 de abril de 2023. Asimismo, sobre dicho
escenario se consideraron una serie de medidas que garantizasen la no generación de
déficit presupuestario, ante la ausencia de reglas fiscales.
En lo que se refiere a los ingresos presupuestarios, y por lo que respecta a los
recursos del sistema de financiación autonómica, la previsión de las entregas a cuenta
para 2025 y la liquidación de 2023 en conjunto suponen una minoración del 2,46 %
respecto a 2024. Ello es consecuencia de la extraordinaria liquidación del sistema de
financiación correspondiente al ejercicio 2022 y que alcanzó los 195 millones de euros.
En los presentes presupuestos se mantienen las medidas de reducción de la carga
impositiva puestas en marcha en el ejercicio 2024, mientras que otras medidas de
reducción de impuestos en trámite normativo, que afectan al impuesto de patrimonio, si
bien no tendrán impacto sobre los recursos a percibir en 2025 sino en ejercicios futuros,
sí se han incluido en las estimaciones del marco presupuestario 2025-2027 en el cual se
incardinan estos presupuestos generales.
Por otro lado, destaca la creación de un nuevo impuesto que gravará el impacto
visual y medioambiental producido por los elementos de suministro de energía eléctrica,
elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas y las instalaciones
de energías renovables.
En cuanto a las principales políticas de gasto, destacan los incrementos registrados
en los programas que garantizan una sociedad del bienestar, como son los de Sanidad,
Educación y Servicios Sociales; protagonizando también aumentos significativos los
relativos a Agricultura y Ganadería, Vivienda, Turismo, Empresa y Transporte.
El texto articulado de la Ley de Presupuestos Generales de La Rioja para 2025
consta de setenta y dos artículos, distribuidos en cinco títulos, que se completan en su
parte final por diez disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y una
disposición final.
El título I, «De los créditos y sus modificaciones», constituye el fundamento de la ley,
por cuanto dota de eficacia jurídica a la expresión cifrada de los gastos e ingresos del
sector público de la Comunidad Autónoma.
En el capítulo I se regula el ámbito de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de acuerdo con la clasificación que establecen la Ley 3/2003, de 3 de marzo,
de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y la
Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

cve: BOE-A-2025-1479
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Núm. 24