Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1458)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la quinta Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del MAPA en la Línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la Línea «ICO Garantía SGR/SAECA».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11918

(2024-2027) y en el de la tercera convocatoria de la línea ICO-MAPA-SAECA/DANA el
resto de los términos y condiciones de financiación se establecerán conforme a lo
establecido en la línea ICO-GARANTIA SGR/SAECA 2024, o la equivalente a la misma
en cada año en que este abierto el plazo de solicitud de la convocatoria.»
Tercera. Modificación de la estipulación tercera «obligaciones que asume el MAPA».
Se modifica la letra b) de la estipulación tercera «Obligaciones que asume el MAPA»
en los siguientes términos:
«b) Según lo convenido en el punto 3 del apartado a) de la estipulación
segunda, el MAPA transferirá a SAECA el importe de 20 millones de euros con los
que se dota la segunda convocatoria de la línea ICO-MAPA-SAECA (2024-2027),
una vez se habilite dicho crédito en el presupuesto del MAPA. De La mima forma
el MAPA transferirá a SAECA el importe de 41,25 millones de euros con los que se
dota la tercera convocatoria de la línea ICO-MAPA-SAECA/DANA, una vez se
habilite dicho crédito en el presupuesto del MAPA.
A la fecha de la firma de la cuarta Adenda al presente convenio, ya han sido
transferidos a SAECA íntegramente los importes que procedía en relación con la
primera convocatoria de la línea ICO-MAPA-SAECA.
Una vez SAECA reciba los fondos transferidos, el MAPA notificará a SAECA
las resoluciones correspondientes a la línea ICO-MAPA-SAECA que se aprueben,
acompañadas de una orden de pago al ICO, con cargo al crédito transferido, por el
importe de dichas resoluciones.»
Cuarta. Modificación de la estipulación cuarta «aplicación de la ayuda ICO-MAPASAECA a la amortización de la financiación del ICO».
Se modifica el apartado 2 de la estipulación cuarta «Aplicación de la ayuda ICOMAPA-SAECA a la amortización de la financiación del ICO» en los siguientes términos:
«2. El abono al ICO del importe de ayuda que corresponda a cada operación
se realizará y se aplicará a cada operación de la siguiente manera:
Para las operaciones que las entidades financieras hayan comunicado al ICO
que han sido formalizadas en la línea y además SAECA haya comunicado al ICO
la elegibilidad de la ayuda, el ICO enviará al MAPA, con periodicidad mensual, con
copia a SAECA, una certificación de las operaciones financiadas, con detalle de
las ayudas ICO-MAPA-SAECA que procede abonar de acuerdo con la
comunicación de SAECA a ICO, correspondientes a la bonificación parcial del
principal de la operación, identificando las operaciones de manera individual, con
indicación de la información prevista en la estipulación octava.
SAECA enviará al MAPA un informe con las solicitudes de ayuda que no
cumplan con las condiciones para ser aprobadas, detallando para cada solicitud
las causas que motivan el incumplimiento, entre las que pueden figurar la no
concesión del aval por parte de SAECA, la no formalización del crédito en dos
meses contemplada en la letra c) 2 de la estipulación segunda, no estar al
corriente de pago con la Agencia Estatal Tributaria o con la Seguridad Social o
cualquier otra que concurra.
El MAPA, tras la recepción del certificado remitido por el ICO, resolverá sobre la
concesión definitiva de las ayudas, a fin de que se transfieran los correspondientes
importes de ayuda al ICO, o de comunicar a SAECA el importe de las transferencias,
según corresponda en virtud de lo dispuesto en el apartado 1, y que el ICO realice el
pago de las ayudas a los beneficiarios a través de las entidades financieras en los
términos establecidos en el presente convenio.
La última certificación de importes de ayudas a abonar, de acuerdo con la
comunicación de aprobación de ayudas de SAECA a ICO y de formalización de

cve: BOE-A-2025-1458
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