Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-1300)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Jerte Renovables, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del parque solar fotovoltaico Cubillos FV, de 56,1 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zamora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Viernes 24 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 10610

que une la citada subestación SET Valcabado con la red de transporte, en la subestación
Zamora 220 kV.
Jerte Renovables aporta autorización de puesta en servicio de ambas instalaciones,
otorgada por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora, con
fecha 10 de diciembre de 2021, si bien acredita que la titularidad de ambas instalaciones
corresponde a Solaria Promoción y Desarrollo, SLU.
Finalmente, Jerte Renovables pone de manifiesto que, para permitir la evacuación de
la energía eléctrica generada en su proyecto, será necesario, además, la ampliación de
las anteriores infraestructuras, que deberá ser tramitada por el Servicio Territorial de
Industria, Comercio y Economía de Zamora.
Segundo.

Admisión a trámite.

Esta Dirección General, con fecha 20 de julio de 2022, acreditó que la solicitud de
autorización administrativa previa del proyecto de planta solar fotovoltaica Cubillos y su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Zamora, había sido presentada y
admitida a trámite.
Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 19 de julio de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de determinación de
afección ambiental del proyecto, al amparo de la disposición transitoria tercera del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
Con fecha 22 de agosto de 2022, la Subdirección General de Evaluación Ambiental
realizó a Jerte Renovables un requerimiento de información adicional relativa al estudio
anual de avifauna del estudio de impacto ambiental. Con posterioridad, el 26 de agosto
de 2022, el promotor remite solicitud de ampliación del plazo para poder atender
adecuadamente lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, acordándose la concesión de la ampliación de plazo solicitada.
Con fecha 3 de octubre de 2022, Jerte Renovables presenta un proyecto modificado,
reduciendo el número de parcelas afectadas por la planta fotovoltaica, y solicita
«Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental y Determinación
de Afección Ambiental para Proyectos de Energías Renovables» del proyecto. La solicitud
es acompañada por un nuevo anteproyecto y un nuevo estudio de impacto ambiental.
Con fecha 10 de octubre de 2022, la nueva documentación es remitida por la
Subdirección General de Energía Eléctrica, a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental, al objeto de que esta pueda continuar con el trámite evaluación del
procedimiento de determinación de afección ambiental para proyectos de energías
renovables, conforme al Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 27 de
marzo de 2023, Resolución por la que se formula informe de determinación de afección
ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Cubillos FV, de 56,1 MW e
infraestructuras subterráneas de evacuación», en los términos municipales de Cubillos y
Valcabado, en la provincia de Zamora, en el sentido de que el proyecto puede continuar
con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización por no apreciarse
efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a
procedimiento de evaluación ambiental conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 83, de 7 de abril
de 2023.
Adicionalmente, el informe establece que «esta resolución es dictada considerando
la ubicación de paneles solares del proyecto y del estudio de impacto ambiental
presentados, por lo que posteriores ampliaciones con nuevas posiciones en las zonas
vacías dentro de los vallados proyectados se considerarán una modificación del
proyecto», disponiendo además que «toda modificación significativa sobre las

cve: BOE-A-2025-1300
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Tercero.