Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-1300)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Jerte Renovables, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del parque solar fotovoltaico Cubillos FV, de 56,1 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zamora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 10611
características de las actuaciones proyectadas, que pudiera producirse con posterioridad
a esta propuesta de informe, deberá ser notificada a esta Subdirección General que
dictará su conformidad si procede, sin perjuicio de las licencias o permisos que, en su
caso, correspondan».
Cuarto. Segunda modificación del proyecto y solicitud de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de
utilidad pública.
Con fecha 17 de noviembre de 2023, Jerte Renovables presenta un segundo
proyecto modificado, en la cual se modifica el proyecto en los siguientes aspectos
respecto del proyecto que ha sido objeto de determinación de afección ambiental:
Acompañando la nueva documentación técnica, Jerte Renovables amplía el alance
de su solicitud, solicitando autorización administrativa previa, autorización administrativa
de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del nuevo proyecto.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la
solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto de utilidad pública, acompañada del proyecto se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas Administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Con fecha 23 de julio de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Zamora.
Analizada la documentación obrante en el expediente, se constata que el nuevo
proyecto que ha sido objeto de trámite de información pública y consultas de
conformidad con los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, no ha sido objeto del correspondiente procedimiento de determinación de
afección ambiental, al amparo de la disposición transitoria tercera del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, de manera que la nueva configuración, no cumple con lo
dispuesto en Resolución de 27 de marzo de 2023 por la que se formula informe de
determinación de afección ambiental.
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), así como informe de
cumplimiento de condiciones técnicas de conexión (ICCTC) e informe de verificación de
las condiciones técnicas de conexión (IVCTC) en la subestación Zamora 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
cve: BOE-A-2025-1300
Verificable en https://www.boe.es
– Se modifica la separación entre los ejes de los seguidores fotovoltaicos,
reduciéndola de 6,5 a 6 metros.
– Como consecuencia de lo anterior, el proyecto pasa de 1.583 seguidores a 1.741
seguidores, de manera que se modifica la ubicación de los paneles considerados en el
trámite de determinación de afección ambiental.
– La línea de evacuación soterrada de 30 kV eleva su tensión a 66 kV.
– Se introduce una nueva subestación elevadora, denominada ST Cubillos 30/66 kV.
– La línea de evacuación soterrada modifica su trazado, pasando de conectar los
centros de transformación del parque con la subestación Valcabado 30/220 kV, a
conectar, a través de una red de media tensión con la subestación ST Cubillos 30/66 kV
y posteriormente con la subestación Valcabado II 220/66/30 kV.
– Se introduce una nueva subestación, denominada Valcabado II 220/66/30 kV,
contigua a la subestación Valcabado 220/30 kV.
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 10611
características de las actuaciones proyectadas, que pudiera producirse con posterioridad
a esta propuesta de informe, deberá ser notificada a esta Subdirección General que
dictará su conformidad si procede, sin perjuicio de las licencias o permisos que, en su
caso, correspondan».
Cuarto. Segunda modificación del proyecto y solicitud de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de
utilidad pública.
Con fecha 17 de noviembre de 2023, Jerte Renovables presenta un segundo
proyecto modificado, en la cual se modifica el proyecto en los siguientes aspectos
respecto del proyecto que ha sido objeto de determinación de afección ambiental:
Acompañando la nueva documentación técnica, Jerte Renovables amplía el alance
de su solicitud, solicitando autorización administrativa previa, autorización administrativa
de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del nuevo proyecto.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la
solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto de utilidad pública, acompañada del proyecto se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas Administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Con fecha 23 de julio de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Zamora.
Analizada la documentación obrante en el expediente, se constata que el nuevo
proyecto que ha sido objeto de trámite de información pública y consultas de
conformidad con los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, no ha sido objeto del correspondiente procedimiento de determinación de
afección ambiental, al amparo de la disposición transitoria tercera del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, de manera que la nueva configuración, no cumple con lo
dispuesto en Resolución de 27 de marzo de 2023 por la que se formula informe de
determinación de afección ambiental.
Quinto.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), así como informe de
cumplimiento de condiciones técnicas de conexión (ICCTC) e informe de verificación de
las condiciones técnicas de conexión (IVCTC) en la subestación Zamora 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
cve: BOE-A-2025-1300
Verificable en https://www.boe.es
– Se modifica la separación entre los ejes de los seguidores fotovoltaicos,
reduciéndola de 6,5 a 6 metros.
– Como consecuencia de lo anterior, el proyecto pasa de 1.583 seguidores a 1.741
seguidores, de manera que se modifica la ubicación de los paneles considerados en el
trámite de determinación de afección ambiental.
– La línea de evacuación soterrada de 30 kV eleva su tensión a 66 kV.
– Se introduce una nueva subestación elevadora, denominada ST Cubillos 30/66 kV.
– La línea de evacuación soterrada modifica su trazado, pasando de conectar los
centros de transformación del parque con la subestación Valcabado 30/220 kV, a
conectar, a través de una red de media tensión con la subestación ST Cubillos 30/66 kV
y posteriormente con la subestación Valcabado II 220/66/30 kV.
– Se introduce una nueva subestación, denominada Valcabado II 220/66/30 kV,
contigua a la subestación Valcabado 220/30 kV.