Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-1324)
Pleno. Sentencia 157/2024, de 17 de diciembre de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 1302-2022. Interpuesto por más de cincuenta diputados de los grupos parlamentarios Confederal Unidas Podemos, Plural y Republicano en el Congreso de los Diputados respecto del artículo 225 («De la retirada de las iniciativas ante las Cortes Generales») del Reglamento de la Asamblea Regional de Murcia, introducido mediante la reforma parcial del mismo publicada en el «Boletín Oficial de la Asamblea Regional de Murcia» el 1 de diciembre de 2021. Alegada vulneración de los principios de seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad y del derecho al ejercicio de las funciones representativas: inadmisión al no haberse acreditado la representación de once de los cincuenta y un diputados que se dicen promotores del recurso de inconstitucionalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Viernes 24 de enero de 2025

Sec. TC. Pág. 10797

12. A la vista de las alegaciones del letrado de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia y de la letrada de la Asamblea Regional de Murcia, mediante diligencia
de ordenación del secretario de justicia del Pleno de 30 de octubre de 2024 se acuerda
requerir al procurador don José Miguel Martínez-Fresneda Gambra para que en el plazo
de diez días:
– Acredite la representación que dice ostentar de don Javier Sánchez Serna, así
como la condición de comisionado de don Javier Sánchez Serna;
– o, alternativamente, acredite la representación de los siguientes diputados del
Grupo Parlamentario Republicano: (1) don Gerard Álvarez i García, (2) doña Montserrat
Bassa Coll, (3) don Joan Capdevila i Esteve, (4) doña Inés Granollers Cunillera, (5) don
Joan Margall Sastre, (6) doña Norma Pujol i Farré, (7) doña Marta Rosique i Saltor, (8)
don Gabriel Rufián Romero, (9) don Jordi Salvador i Duch, (10) Carolina Telechea i
Lozano y (11) doña Pilar Vallugera Balañana.
13. Por providencia de 17 de diciembre de 2024, se señaló ese mismo día para
deliberación y votación de la presente sentencia.
II. Fundamentos jurídicos
1.

Objeto del recurso de inconstitucionalidad.

La presente resolución tiene por objeto resolver el recurso de inconstitucionalidad
núm. 1302-2022, interpuesto por más de cincuenta diputados de los grupos
parlamentarios Confederal Unidas Podemos, Plural y Republicano en el Congreso de los
Diputados contra el artículo 225 del Reglamento de la Asamblea Regional de Murcia,
introducido mediante la reforma parcial del mismo publicada en el «Boletín Oficial de la
Asamblea Regional de Murcia» núm. 96, el 1 de diciembre de 2021.
Óbices procesales.

Como ha sido expuesto en los antecedentes, se han registrado ante este tribunal dos
escritos presentados por el mismo procurador de los tribunales, don José Miguel
Martínez-Fresneda Gambra; en el primero (registrado el 28 de febrero de 2022) este
actúa en nombre y representación de don Javier Sánchez Serna, quien, a su vez, según
se afirma, ejerce como comisionado en nombre y representación de cincuenta y un
diputados y diputadas del Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos, Grupo
Parlamentario Plural y Grupo Parlamentario Republicano en el Congreso de los
Diputados; en el segundo (registrado el 1 de marzo de 2022), dicho procurador actúa
directamente, esto es, sin que se designe comisionado alguno, en nombre y
representación de los mismos cincuenta y un diputados y diputadas. En lo demás, el
contenido de ambos escritos es idéntico.
Tal y como han puesto de relieve el letrado de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia y la letrada de los servicios jurídicos de la Asamblea Regional de Murcia, en
relación con el primero de los escritos, no se aporta documento alguno que acredite la
voluntad de estos cincuenta y un diputados de atribuir la representación a don Javier
Sánchez Serna, en su calidad de comisionado; mientras que en el segundo de ellos,
analizados los poderes de representación obrantes en autos, solo consta que han
atribuido válidamente el poder de representación a favor del procurador de los tribunales
don José Miguel Martínez-Fresneda Gambra, los treinta y cuatro diputados
pertenecientes al Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos, los cuatro
diputados del Grupo Parlamentario Plural, y dos de los trece diputados del Grupo
Parlamentario Republicano (doña María Carvalho Dantas y don Francesc Xavier Eritja
Ciuró). Es decir, no consta poder de representación de los restantes once diputados del
Grupo Parlamentario Republicano: (1) don Gerard Álvarez i García, (2) doña Montserrat
Bassa Coll, (3) don Joan Capdevila i Esteve, (4) doña Inés Granollers Cunillera, (5) don
Joan Margall Sastre, (6) doña Norma Pujol i Farré, (7) doña Marta Rosique i Saltor, (8)

cve: BOE-A-2025-1324
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