Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Grupos de trabajo. (BOE-A-2025-1199)
Orden ECM/44/2025, de 20 de enero, por la que se crea y regula el Consejo de Finanzas Sostenibles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Jueves 23 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9670

Finanzas Sostenibles en España. Promoverá también el desarrollo de líneas de trabajo
complementarias, entre las que se encuentran:
a) El análisis de los retos relacionados con el marco regulatorio de las finanzas
sostenibles.
b) La creación de conocimiento, capacidades y formación.
c) La promoción de discusiones sobre el análisis de las sendas de
descarbonización y mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso
sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos, transición hacia una
economía circular, prevención y control de la contaminación, y protección y recuperación
de la biodiversidad y los ecosistemas, que ayuden a la fijación de objetivos estratégicos
de las empresas y al proceso de consecución de los objetivos medioambientales
establecidos por el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las
inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 por parte
de las carteras de las entidades financieras.
Artículo 4. Composición.
1.

El Consejo de Finanzas Sostenibles tiene la composición siguiente:

1.º La persona titular de la Secretaría General del Tesoro y Financiación
Internacional de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
2.º la persona titular de la Dirección General de Política Económica de la Secretaría
del Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa,
3.º la persona titular de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de
la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa,
4.º la persona titular de la Dirección General Estrategia Industrial y de la Pequeña y
Mediana Empresa de la Secretaría de Estado de Industria del Ministerio de Industria y
Turismo,
5.º un representante del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana con rango de, al
menos, director general,
6.º un representante del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico con rango de, al menos, director general,
7.º la persona titular de la Intervención General de la Administración del Estado,
8.º el Gobernador del Banco de España,
9.º la persona titular de la presidencia de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores,
10.º la persona titular de la presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, O.A.,
11.º la persona titular de la presidencia del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E.,

cve: BOE-A-2025-1199
Verificable en https://www.boe.es

a) La presidencia, que corresponde a la persona titular del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa.
b) La vicepresidencia, que corresponde a la persona titular de la Secretaría de
Estado de Medio Ambiente.
c) Un máximo de 20 vocales de carácter no nato, que serán designados por
periodos de 2 años, renovables, entre personas relacionadas con el sector financiero, el
sector privado o el tercer sector y personas expertas independientes de reconocido
prestigio en materia de finanzas sostenibles, garantizando, en todo caso, el principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres.
d) Trece vocales de carácter nato: